Sentencia de Sala SALA, 12 de Agosto de 2014, expediente CCF 001805/2014/1

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2014
EmisorSala SALA

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I

CAUSA 1805/2014/1 -

I- "LUNA, SUSANA DEL CARMEN C/ OBRA

SOCIAL DE CONDUCTORES DE TRANSPORTE COLECTIVO DE

PASAJEROS S/ AMPARO DE SALUD S/ INCIDENTE DE RECURSO DE

QUEJA"

Juzgado n° 10

Secretaría n° 20

Buenos Aires, 12 de agosto de 2014.

Y VISTO:

El recurso de queja deducido por la demandada a fs. 48/54,

y CONSIDERANDO:

  1. La recurrente cuestiona la providencia obrante a fs. 38,

    que concedió el recurso de apelación interpuesto con efecto devolutivo,

    pues -a su entender y en atención a lo dispuesto por el art. 15 de la ley 16.986- aquél debió haber ser sido concedido en ambos efectos.

  2. Habida cuenta de que mediante la resolución adoptada por esta S. en la causa 1805/2014/2 -“Luna, S. delC. c/

    Obra Social de Conductores de Transporte Colectivo de Pasajeros s/

    amparo s/ incidente de apelación” (cuya copia certificada precede e integra este pronunciamiento)-, se ha confirmado la medida cautelar que motivó aquel recurso, la cuestión planteada se ha tornado abstracta.

    ASÍ SE DECIDE.

    H. saber a los letrados que en las causas en las que se haya interpuesto recurso de apelación o de queja por apelación denegada a partir del 18.11.13 deberán...

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