Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - Sala B, 12 de Marzo de 2014, expediente FCB 010445/2013/37/CA022

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2014
EmisorSala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B 10445/2013 MAN doba, 12 de marzo de dos mil catorce.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “Incidente de eximición de prisión de C.H., M.F. en autos C.H., M.F. por infracción art. 145 bis – conforme ley 26.842, Infracción ley 25.871, asociación ilícita” Expte. FCB 10445/2013/37/CA22, venidos a conocimiento de esta Sala B del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el señor Fiscal Federal, doctor E.J.S., en contra de la resolución dictada por el Juzgado Federal N° 1 de Córdoba con fecha 22 de julio de 2013, que dispone: “RESUELVO:

  1. - OTORGAR EL BENEFICIO DE EXENCIÓN DE PRISIÓN a M.F.C.H., de condiciones personales ya relacionadas, bajo caución real que se fija en la suma de pesos treinta mil ($30.000), debiendo labrarse oportunamente por Secretaria el acta de rigor (conf. arts. 2, 280, 320, 324, 325, 333, 161; y 319 a contrario sensu del CPPN y art. 18 CN).”

Y CONSIDERANDO:

  1. Que se presenta a la Sala la cuestión de responder al recurso de apelación deducido por el señor F.F., en contra de la resolución que luce agregadas a fs.

    11/13 cuyo fragmento resolutivo se lee transcripto en el párrafo precedente.

  2. Al fundamentar su resolución el Magistrado considera que a C.A.C. se le atribuye la presunta comisión de los delitos de asociación ilícita en carácter de autor (210, 1° párrafo del CP), infracción a los arts. 116 y 117, con el agravante del art. 120 inc. “a” de la Ley 25.871; trata de personas agravada, conf. arts. 145 bis y 145 ter. inc. 1°, 4° y 5°, y último párrafo.-

    Que teniendo presente la escala penal con la que están conminadas las acciones ilícitas endilgadas al encartado R.C., el máximo de la pena en abstracto supera ampliamente el tope estipulado por el art. 316 segundo párrafo de la ley adjetiva (8 años), por lo que su situación desde el punto de vista objetivo, no se encuentra comprendida en las Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B previsiones del art. 317 inc. 1ero. en función del art. 316 del CPPN.

    Por otra parte, analizando el mínimo de la escala penal a imponer, en el supuesto de recaer condena, la misma no sería bajo la modalidad de ejecución condicional.

    No obstante a ello, pondera otros elementos arrimados a la causa, a los fines de evaluar la posibilidad de fuga o entorpecimiento de la investigación.

    Que a fs. 9 el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal informa que C.A.C.R. no registra antecedentes penales. También destaca el hecho de que C.H. se puso a disposición del Tribunal no obstante no pesar sobre él orden de captura. Por ello merita favorablemente la presentación espontánea del sospechado.

  3. Que, frente a tal resolución, el señor Fiscal Federal, doctor E.J.S. interpuso recurso de apelación en contra la resolución de conceder el beneficio de exención a M.F.C.H..

    Sostiene que la resolución atacada no respeta las reglas de la lógica, además posee vicios de razonamiento que la tornan nula, como aquel referido a la ausencia de antecedentes penales, es un párrafo inverosímil, dado que se basa solo en un informe nominativo sin fichas dactilares pedido sobre un extranjero que no reside en el país..

    Asimismo afirma que hay que tener en cuanta las amenazas posteriores a los allanamiento realizados que habrían sufrido las víctimas y las dos personas colombianas que denunciaron el día 4 de julio de 2013.

    Por último sostiene que el juez federal valoró como positivo la decisión de estar a derecho por el hecho de ponerse a disposición del Tribunal no obstante no pesar sobre él pedido de captura. En este sentido, el magistrado no ha ni siquiera contestado la solicitud de captura efectuada en el requerimiento de instrucción presentado en contra de los “cabecillas” de la organización delictiva investigada.

    IV.-En esta instancia, con fecha 25 de febrero, se realizó la audiencia oral prevista por el art. 454 del CPPN en donde el señor F. General...

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