Resolución Nº 83

Provincia de Buenos Aires.

JUNTA ELECTORAL . Resolución Nº 83.

La Plata, 8 de mayo de 2013.

VISTO Las atribuciones conferidas a la Junta Electoral por el artículo 63 de la Constitución de la Provincia, las previsiones de los artículos 4º inc. e), 5º y 6º de la Ley 14.086 que regulan la presentación de adhesiones a las listas; el Decreto de convocatoria a elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas; la Resolución Técnica Nº 76 y, CONSIDERANDO:

Que se ha decretado la convocatoria a elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas para la selección de candidatos a Senadores y Diputados provinciales, Concejales y Consejeros Escolares para el corriente año.

Que los artículos 4º inc. e) y 5º de la Ley 14086 establecen que las listas de candidatos que pretendan participar en dichas elecciones, deberán reunir adhesiones conforme a las pautas que allí se estipulan.

Que la verificación y control de esas adhesiones está a cargo tanto de las juntas electorales de las agrupaciones políticas (segundo párrafo del Art. 12 del anexo único del Decreto 332/11) como de este Organismo de la Constitución (segundo párrafo del art. 6° de la Ley 14.086 y Art. 16 del anexo único del Decreto 332/11). Que mediante Resolución Técnica Nº 61 (12/V/11) este Organismo aprobó el modelo de planillas para la presentación de adherentes a cada corriente interna partidaria.

Por ello, LA JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

1) Proveer al apoderado registrado de las Juntas Electorales de los partidos políticos, federaciones, alianzas transitorias y agrupaciones municipales reconocidas, a través de la Dirección de Tecnología, Logística y Sistemas Electorales de este Organismo, nombre de usuario, clave de acceso e instructivo a los efectos de cumplimentar la carga de adherentes de cada corriente interna para las elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas convocadas para el corriente año.

2) Hacer saber a...

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