Disposición Nº 89/GCABA/DGTALMJYS/14

FirmantesParedes
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Técnica Administrativa y Legal
Fecha de la disposición20 de Agosto de 2014

VISTO:

El Decreto N° 477/11, las Resolución N° 352/MJYSGC/14, las Disposiciones N°

344/DGCG/11 y N° 31/DGGAYE/14, el Expediente N° 5435290/14, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el visto tramita la rendición de los gastos efectuados

con los fondos entregados al Sr. Director General de Guardia Auxilio y Emergencias,

Sr. Alejandro Roldan y la Coordinadora Rehabilitación post Emergencias, Srta. Romina

Corvetto, en ocasión del viaje autorizado por Resolución N° 352/MJYSGC/14, a fin de

participar del XXXVIII Programa Iberoamericano de Formación municipal, que se llevó

a cabo entre los días 2 y 13 de Junio del 2014, en la ciudad de Madrid, España;

Que de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 352/MJYSGC/14, fue entregado,

en concepto de viáticos al Sr. Alejandro Roldan, la suma de pesos veinticinco mil

cuatrocientos setenta y ocho con 24/100 ($ 25.478,24), y en concepto de viáticos, a la

Srta. Romina Corvetto, la suma de pesos veinticinco mil cuatrocientos setenta y ocho

con 24/100 ($25.478,24), siendo los funcionarios anteriormente mencionados

responsables de su rendición;

Que por el Decreto N° 477/11 se aprobó el Régimen de Viáticos, Alojamiento y

Pasajes destinados a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior

del país, estableciendo, en lo que respecta a la rendición de los gastos, que será de

aplicación supletoria la normativa correspondiente a la asignación y rendición de

fondos de caja chica especial;

Que en ese orden de ideas corresponde observar lo dispuesto en la normativa antes

indicada y en lo que resulte de aplicación, las previsiones contenidas en la Disposición

N° 344/DGCG/11;

Que la norma antes citada expresamente dispone que la oportunidad, mérito y

conveniencia de las erogaciones es responsabilidad del titular de la repartición

receptora de los fondos, las que son aprobadas por Acto Administrativo, y que la

revisión por parte Dirección General Técnica Administrativa y Legal alcanza a las

formalidades de los comprobantes, retenciones impositivas, cálculos aritméticos,

imputación presupuestaria, topes por comprobante, en caso de corresponder, y

verificación de la aprobación del gasto por la autoridad máxima de la repartición que

rinde los fondos, y con ese alcance aprueba o desaprueba las mismas (Anexo III);

Que la Subgerencia Operativa...

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