Resolución Nº 311/GCABA/PG/14
Firmantes | Conte Grand |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Procuración General de la Ciudad |
Fecha de la disposición | 22 de Agosto de 2014 |
VISTO:
el Expediente N° 2.264.822/2011 e incorporados Expedientes N° 641.780/2010, N°
641.765/2010, Registros N° 1.544.785-PG-2010, N° 872.210-PG-2010, y N° 868.943-
PG-2010 y N° 677.788-PG-2010, por el que se instruyó el Sumario N° 448/2011, y;
CONSIDERANDO
Que, oportunamente esta Procuración General ordenó instruir sumario administrativo
mediante Resolución N° 354-PG-2011 (fs. 2 y 3), a fin de investigar las supuestas
irregularidades cometidas por el agente Isaac Daniel Frak (F.C. N° 236.725),
relacionadas con la utilización en el desempeño de su labor de un sello que lo
identifica como Oficial Notificador y aquellas concernientes al comportamiento
denunciado por las autoridades de la Dirección General Custodia y Seguridad Bienes
del Gobierno de la Ciudad y la Dirección General Contaduría del Gobierno de la
Ciudad;
Que, a fs. 2 del expediente incorporado N° 641780/2010, luce la nota suscripta por
Graciela Ibarra, Jefa de Recepción y Orientación dependiente de la Dirección General
Custodia y Seguridad de Bienes con sede en la Jefatura de Gobierno, mediante la cual
comunicó a la superioridad que el día 11/06/2010 a las 13.45 hs., se hizo presente en
la repartición con el fin de diligenciar tres oficios a distintas áreas, el Sr. Daniel Frak
agente con funciones de diligenciador a reparticiones externas de la Procuración
General, quien se negó a ser identificado mediante fotografía como indica el
procedimiento en el referido palacio gubernamental, regresando posteriormente con
personal policial que él mismo solicitó sin que aceptara el protocolo de acreditación;
Que, a fs. 6 del mismo actuado, luce el descargo del agente Frak, quien devolvió sin
diligenciar los oficios que debía entregar, explicando que, en su carácter de "oficial
notificador", no permitiría que le saquen una fotografía para acreditarse;
Que, no obstante las razones brindadas por el agente Frak, en fecha 22/07/2010, se
emitió la Disposición N° 04-DA-PG-10, por medio de la cual se le aplicaron 5 días de
suspensión por haber incurrido en la conducta descripta en el inc. d) del art. 47 de la
ley 471, (fs. 18/19 expediente incorporado N° 641765/2010), al no haber diligenciado
los oficios referidos;
Que, contra dicha sanción, el agente Frak mediante (Registro N° 868943-PG-2010)
interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, y por medio del
Registro N° 1544785-PG-2010, ambos incorporados a autos, exigió pronto despacho;
Que, los recursos interpuestos fueron rechazados, el primero de ellos por medio de la
Disposición N° 5/DA/PG/2010, del 15/10/2010, fs. 28 expediente incorporado N°
641780/2010, y el jerárquico por medio de la Resolución 23-PG-2011 de fs. 43/44 del
mismo cuerpo;
Que, por otra parte, mediante nota de fs. 56/57 del expediente incorporado N°
641780/2010, el Director General de Contaduría, Gastón Messineo, informó que el día
11/05/2011, a las 16:40 hs. aproximadamente, el agente Frak, personal ordenanza de
la Procuración General, se hizo presente en su despacho acompañado de personal
policial por propia solicitud de aquél, atribuyéndose facultades de oficial notificador que
no poseía, intentando entregar un oficio que previamente había pretendido depositar
en Mesa de Entradas de esa repartición;
Que, no obstante, el funcionario aportó que personal de Mesa de Entradas le explicó al
ordenanza que la entrega del oficio no podía hacerse efectiva por cuanto ya había
concluido el horario de recepción del instrumento a diligenciar, explicándosele al
agente Frak que volviera al día siguiente en horario habilitado;
Que, disconforme con lo explicado, Frak se hizo presente nuevamente en la
repartición acompañado con personal policial presuntamente engañado por aquel,
atento a que no estaba facultado para requerir el auxilio de la fuerza pública y al ser
atendido directamente por el funcionario Messineo, este le indicó nuevamente regresar
al día siguiente, ya que el horario de recepción de oficios había concluido, pero el
diligenciador amenazó con dar aviso al juez sobre la negativa de recibir el oficio
referido;
Que, a fs. 50/54 del Expediente incorporado N° 641780/2010, lucen constancias que
acreditan que el agente Frak estampaba en actuaciones administrativas un sello que
mencionaba que era oficial notificador, categoría laboral que, a tenor de lo informado a
fs. 61, 63, del mismo actuado, nunca poseyó, ameritando dicha circunstancia la
iniciación de la investigación respectiva a fs. 66 Punto III del aquel expediente;
Que, por su parte, en fecha 10/08/2010, mediante Registro N° 872210/PG/2010
incorporado a autos, el agente Frak formuló una denuncia en los términos de la Ley
1225, por hostigamiento, abuso de poder, autoritarismo entre otras acusaciones,
contra quien ocupaba en esos momentos el cargo de Director Administrativo Dr. R. R.;
Que, no obstante, dicha denuncia fue desestimada mediante providencia N° 1522863-
DGAINST-2010 obrante a fs. 39 y vta., por cuanto, entre otros argumentos, de la
presentación efectuada por Frak no surgían claramente las circunstancias de modo
tiempo y lugar de los hechos que deben ser materia de investigación;
Que, iniciada la etapa instructoria, a fs. 6 y vta., prestó declaración testimonial Héctor
Alberto Ballester, encargado turno mañana de la Recepción del Jefe de Gobierno en
Jefatura de Gobierno, quien informó que el día 11/06/2010 después de las 13:00 hs.,
el agente Daniel Frak se hizo presente en la Jefatura de Gobierno por la entrada de
Rivadavia 524 y al ser visto por los agentes de seguridad de la Dirección General de
Custodia y Seguridad de Bienes, le fue solicitada la acreditación respectiva en
recepción, a lo cual el susodicho se negó y en forma violenta con gritos y toda clase de
insultos, dijo que era un agente de la Procuración General y que dichos empleados no
se acreditaban en ningún lado y que iba a volver con la Policía;
Que, aportó el testigo que Frak a los pocos minutos regresó con personal de Policía
Federal, a quienes se les explicó la metodología para ingresar al edificio, lo que llevó a
que los agentes policiales le explicaran a Frak que debía cumplir con ese requisito,
entrando éste en razón, y acreditándose como correspondía, dándose por finalizado el
episodio;
Que, a fs. 9 y vta., luce la declaración testimonial de Graciela Noemí Ibarra, empleada
administrativa en Recepción de Jefatura de Gobierno, quien ratificó la constancia de
fs. 2 del Expediente N° 641.780/2010, reiterando que el 11/06/2010 al mediodía se
encontraba en la oficina de recepción, cuando fue llamada por el Sr. Ballester, quien le
dijo que se había hecho presente el Sr. Frak, intentando ingresar al recinto sin
identificarse y al negarle el acceso, comenzó a insultarlos y les dijo que era oficial
notificador de la Procuración General, por lo que no tenía que identificarse;
Que, la dicente informó que Ballester explicó que Frak volvió con la Policía, por lo que
la deponente se hizo presente en el hall del edificio, y el personal policial le refirió que
aquél denunció que le habían negado el ingreso a la Jefatura de Gobierno por no
querer identificarse;
Que, dijo que ante esa situación la dicente le explicó a Frak que por una orden del Jefe
de Gobierno, toda persona debía acreditar su identidad y en caso de no querer
hacerlo, se podía retirar y que por ello se le negó a aquél el ingreso a las instalaciones;
Que, continuó diciendo que uno de los agentes de la Policía Federal le explicó a Frak
que si quería ingresar al edificio debía identificarse, y luego de la explicación los
efectivos se retiraron dándose por culminado el episodio;
Que, al prestar declaración testimonial a fs. 13 y vta., Gastón Ignacio Messineo,
Director General de Contaduría, manifestó que el día 11/05/2011 a las 16:00 hs.
aproximadamente, Frak se hizo presente en la Dirección General de Contaduría a fin
de dejar un oficio, pero como ya había finalizado el horario de atención, el personal
que lo recibió -Graciela Cari- le informó que debía concurrir al día siguiente dentro del
horario de atención al público;
Que, aportó que ante las explicaciones brindadas, Frak ingresó al Departamento de
Legales a los gritos exigiendo que le recibieran el oficio, siendo atendido por Ricardo
Italiani, quien trató de calmarlo sin lograrlo y luego aquél se retiró de la repartición
volviendo a los pocos minutos acompañado de un agente de Policía Federal,
haciéndose presente en el despacho del dicente, pretendiendo que el oficio fuera
recibido directamente por el deponente alegando que era oficial de justicia y que debía
recepcionarlo;
Que, apuntó que Frak amenazó con que si no le recibían el instrumento iba a dar aviso
al juez, pero el dicente le reiteró que debía volver al día siguiente, dentro del horario de
atención al público por lo que aquél se retiró de la repartición en compañía del
personal policial, dándose por finalizado el episodio;
Que, en su testimonio de fs. 15 y vta., Graciela Teresa Cari, administrativa en la Mesa
de Entradas de la Dirección General de Contaduría, explicó que el día 11/05/2011
siendo las 16:00 horas, se hizo presente en la Mesa de Entradas el agente Isaac Frak,
solicitando de muy mal modo que le recibiera un oficio, pero la dicente le recordó que
el horario de atención de la Mesa de Entradas era de 09:30 a 15:00 horas, y que por
tal razón debía presentarse al día siguiente;
Que, agregó que Frak comenzó a gritar y a...
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