Resolución Nº 429/GCABA/AGIP/14
Firmantes | Walter |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Administración Gubernamental de Ingresos Públicos |
Fecha de la disposición | 17 de Junio de 2014 |
VISTO:
La Ley N° 2.809, el Decreto Reglamentario N° 1.312/GCABA/08, La Ley 2.603
promulgada por Decreto N° 2.140/GCABA/07 y reglamentada mediante Decreto
745/GCABA/08, la Resolución N° 543/MHGC/13, Licitación Pública N° 735/12, la
Resolución N° 710/AGIP/12, la Resolución N° 742/AGIP/13, la Resolución N°
126/AGIP/14, la Resolución N° 792/AGIP/13, el Expediente N°
7.247.905/DGTALMHA/13- y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la Licitación Pública N° 735/12 ha tramitado la contratación del
"Servicio de Consultoría para la elaboración del diseño detallado e implementación del
plan de cambios y mejoras en el proceso administrativo", adjudicada mediante la
Resolución N° 710/AGIP/12 a la firma SINECTRA S.A. por un importe de pesos dos
millones doscientos noventa y tres mil novecientos veinte ($ 2.293.920.-) por un plazo
de doce meses;
Que mediante Resolución N° 742/AGIP/2013 se aprobó la redeterminación provisoria
primera del servicio, con una variación de un doce con treinta y cuatro por ciento
(12,34%) del valor contractual faltante de ejecutar al 1° de mayo de 2012; equivalente
a un incremento de doscientos ochenta y tres mil sesenta y nueve con setenta y tres
centavos ($ 283.069,73.-) por el saldo restante de ejecución a la misma fecha y
correspondiente a una variación provisoria mensual de pesos veintitrés mil quinientos
ochenta y nueve con catorce centavos ($ 23.589,14.-);
Que mediante Resolución N° 792/AGIP/13 se prorrogó el plazo contractual por un
período de seis meses y un importe de pesos un millón ciento cuarenta y seis mil
novecientos sesenta ($1.146.960);
Que mediante Resolución N° 126/AGIP/14 se aprobó la redeterminación provisoria
segunda de precios, estableciéndose la misma en un nueve con ochenta por ciento
(9,80%) del valor contractual faltante de ejecutar al 1° de noviembre de 2012;
equivalente a un incremento de pesos trescientos cincuenta y siete mil setecientos
setenta y dos con siete centavos ($ 357.772,07.-) y a una variación provisoria mensual
de pesos veintiún mil cuarenta y cinco con cuarenta y dos centavos ($21.045,42.-);
Que mediante expediente electrónico N° 7247905/DGTALMH/2013 la firma
proveedora ha solicitado la redeterminación provisoria tercera de precios a partir del
mes de mayo de 2013, con las formalidades establecidas en la Resolución N°
543/MHGCBA/2013, vigente al momento de su presentación;
Que el Artículo 7° de la...
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