Resolución Nº 694/2014

EmisorMinisterio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2014



MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

ResoluciónNº 694/2014Bs. As., 9/5/2014

VISTO el Expediente N° S04:0019778/2014, del registro de este Ministerio, las prescripciones de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, en particular el Decreto N° 1993 del 14 de diciembre de 2010, la Ley N° 25.938 y el Decreto N° 395 del 20 de febrero de 1975, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.938 crea el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS DE FUEGO Y MATERIALES CONTROLADOS, SECUESTRADOS O INCAUTADOS, facultando al PODER EJECUTIVO NACIONAL y a la autoridad de aplicación a establecer el procedimiento de entrega, recepción, destrucción pública de las armas de fuego que han sido secuestradas o incautadas.

Que corresponde considerar lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley N° 25.938, por medio del cual el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS resulta autoridad competente para la iniciación de los trámites destinados a disponer la destrucción de las armas de fuego y demás materiales controlados por la Ley N° 20.429, cuando se hallaren concluidas las causas o actuaciones administrativas en las que se encuentran involucradas, o cuando el estado del trámite así lo permita.

Que por su parte, el artículo 7° de la citada Ley Nº 25.938 establece que el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS determinará el lugar y los métodos en que deberá procederse a la destrucción del material controlado por Ley N° 20.429 que hubiera sido decomisado en virtud de sentencia judicial o resolución administrativa firme.

Que el artículo 22, inciso 25) de la Ley de Ministerios (t.o. 1992), y sus modificatorias, en particular el Decreto N° 1993/10, establece que es competencia del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, entender en el registro, habilitación, fiscalización y supervisión que establece la legislación vigente en materia de armas, pólvoras, explosivos y afines.

Que, asimismo, es competencia de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS proponer a este MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS la destrucción de material controlado.

Que se propone la destrucción de NUEVE MIL DOSCIENTAS CINCUENTA Y CUATRO (9254) armas de fuego, que han sido entregadas al REGISTRO NACIONAL DE ARMAS por el SERVICIO PENITENCIARIO BONAERENSE, por aplicación de los artículos 5° y 7° de la Ley N° 25.938, procedentes de diversos Departamentos Judiciales de la provincia de BUENOS AIRES.

Que dicho material...

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