Resolución Nº 551/2014

EmisorMinisterio de Industria
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2014



MINISTERIO DE INDUSTRIA

SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

ResoluciónNº 551/2014Bs. As., 23/5/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0061974/2014 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley Nº 25.300 y los Decretos Nros. 1.074 de fecha 24 de agosto de 2001 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones fue aprobado y modificado el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada.

Que mediante el dictado del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010, modificatorio del Decreto antes mencionado, le fue asignada a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, competencia para entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que el Artículo 2º del Título II de la Ley Nº 25.300 creó el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme), cuyo objeto es realizar aportes de capital y brindar financiamiento a mediano y largo plazo para inversiones productivas a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1° de la citada ley.

Que el Artículo 5º de la Ley Nº 25.300 estableció que la elegibilidad de las inversiones a financiar con recursos del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme) estará a cargo de un comité de inversiones, cuyos miembros serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, determinando también que la selección y aprobación de proyectos deberá efectuarse mediante concursos públicos.

Que el Decreto N° 1.074 de fecha 24 de agosto de 2001 reglamentó la Ley Nº 25.300, estableciendo las condiciones bajo las cuales se constituirá el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme) y regulando el funcionamiento del comité de inversiones.

Que según el Artículo 3º de la Ley Nº 25.300 se encomendará al BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, como fiduciario, la emisión de certificados de participación en el dominio fiduciario del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme), dominio que estará constituido por las acciones y títulos representativos de las inversiones que realice.

Que asimismo, el Artículo 4º de la misma ley dispone que se podrán suscribir certificados de participación del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme), organismos internacionales, entidades públicas y privadas nacionales o extranjeras, gobiernos provinciales o municipales, en la medida en que adhieran a los términos generales del fideicomiso.

Que por medio del Decreto Nº 140 de fecha 21 de diciembre de 2007 se declaró de interés y prioridad nacional el uso racional y eficiente de la energía y se aprobaron los lineamientos del PROGRAMA NACIONAL DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (PRONUREE), destinado a contribuir y mejorar la eficiencia energética de los distintos sectores consumidores de energía.

Que en este marco, en el Artículo 3º del citado decreto se instruyó a la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a implementar dicho Programa sobre la base de los lineamientos aprobados en la mencionada norma, desarrollando un PROYECTO DE EFICIENCIA ENERGETICA.

Que con el fin de llevar a cabo el referido Proyecto, la REPUBLICA ARGENTINA solicitó y obtuvo una donación del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), que actúa en carácter de Agencia de Implementación del FONDO PARA EL MEDIO AMBIENTE MUNDIAL (FMAM), la cual fue regulada mediante el Decreto Nº 1.253 de fecha 14 de septiembre de 2009.

Que dicho decreto aprobó el Modelo de Convenio de Donación Nº TF092377 para la asistencia financiera del PROYECTO DE EFICIENCIA ENERGETICA.

Que asimismo, mediante el Artículo 3º del referido decreto, se designó a la SECRETARIA DE ENERGIA, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, como organismo responsable del PROYECTO DE EFICIENCIA ENERGETICA, quedando facultada a realizar los actos y contratos necesarios para la correcta ejecución del mismo.

Que así entonces, por medio del Acuerdo Nº 28 de fecha 5 de mayo de 2014, entre el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y EL BANCO DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, se realizó una Primera Carta Enmienda y Reestructuración al Convenio de Donación Nº TF092377 del PROYECTO DE EFICIENCIA ENERGETICA, no constituyendo cambios sustanciales al destino de los fondos de donación, que tiene por objeto el desarrollo y capitalización del FONDO ARGENTINO DE EFICIENCIA ENERGETICA, cuyo fin es permitir a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas llevar adelante inversiones en proyectos de eficiencia energética.

Que por otra parte, cabe mencionar que el comité de inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme), en su Acta Nº 391 de fecha 17 de enero de 2014, consideró apropiado aceptar el aporte de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en relación al Convenio de Donación del PROYECTO DE EFICIENCIA ENERGETICA, instruyendo al fiduciario la emisión de los respectivos certificados de participación, todo ello de conformidad con lo previsto en el Artículo 4º del Decreto N° 1.074/01.

Que el PROYECTO DE EFICIENCIA ENERGETICA comprende una parte que consiste en el desarrollo del FONDO ARGENTINO DE EFICIENCIA ENERGETICA, para el cual se previó en el Convenio de Donación su capitalización con la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES SETECIENTOS MIL (US$ 7.700.000).

Que la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA han manifestado expresamente la voluntad de instrumentar variadas políticas con el objetivo de promover las inversiones genuinas a través de la mejora del acceso al crédito para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, en lo que respecta al financiamiento de proyectos de eficiencia energética.

Que en base a dicho fin, ambos organismos consideran conveniente integrar el FONDO ARGENTINO DE EFICIENCIA ENERGETICA a la estructura del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme), con el objeto de brindar financiamiento a mediano y largo plazo a proyectos de eficiencia energética a las empresas y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1° de la Ley N° 25.300 y la Resolución Nº 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, y sus normas complementarias y modificatorias.

Que a esos efectos, la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en su carácter de Fiduciario del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme), han de suscribir un Convenio para el Fondeo del Plan de Eficiencia Energética para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que por medio de dicho Convenio las partes se comprometen a instrumentar políticas con el objetivo de promover las inversiones genuinas a través de la mejora del acceso al crédito para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, en lo que respecta al financiamiento de proyectos de eficiencia energética.

Que en virtud de lo dispuesto por dicho Convenio, la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA realizará convocatorias de presentación de proyectos de Eficiencia Energética, los que serán evaluados por el comité de inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme), con posterioridad a la...

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