Disposición Nº 581/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 11 de Abril de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 6.578.181/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Restaurante, Cantina, Casa de Lunch, Café, Bar, Comercio minorista:
Bar Lácteo, Despacho de Bebidas, Wiskería, Cervecería, Confitería, Comercio
minorista: Helados (sin elaboración)", para el inmueble sito en la Av. Callao N° 1155,
UF N° 1, Planta Baja, con una superficie a habilitar de 166,52m2, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión posee Protección General, toda vez que se encuentra
localizado en la Zona 2 del Distrito APH 50 del Código de Planeamiento Urbano, de
acuerdo Plano de Delimitación N° 5.4.12.50 a) APH50;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
2799249-DGIUR- 2014, indica que en virtud de lo solicitado, y la normativa vigente, se
informa que:
-
El Parágrafo 5.4.12.50 Distrito APH50 - Avenida Callao, establece que:
"...1) Carácter: Conjunto de alta calidad arquitectónica y urbana, caracterizado por una
particular concentración de edificios representativos de las distintas vertientes
arquitectónicas de fines del siglo XIX y principios del XX, que otorga a este ámbito un
carácter ecléctico propio y original. A lo largo del mismo se distinguen dos zonas
claramente diferenciadas, una de carácter político, administrativo y educacional, y otra
donde predomina el uso residencial...".
"...4.2.1.3.2 Zona 2
-
Carácter: Zona con predominio de uso residencial..."
"...Usos: Se admitirán los usos del Distrito R2aI..."
"...5) Usos..."
"...5.2 Usos en inmuebles no catalogados: Los inmuebles del área no comprendidos
en el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH50, Avenida Callao, se regirán
por las normas de uso establecidas en 4.2.1.3 Normas particulares por zona..."
-
De acuerdo al Cuadro de Usos 5.2.1.a), se informa que:
El rubro "Alimentación en general, restaurante, cantina, pizzería, grill", pertenece a la
Clase "A" dentro de la descripción "Servicios para la vivienda y sus ocupantes", resulta
un uso permitido hasta 750m2 en el Distrito R2a; de acuerdo con...
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