Disposición Nº 552/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 7 de Abril de 2014

VISTO:

El Expediente N° 3.239.213/2014 por el que se consulta respecto al proyecto de

materialización de un nuevo acceso sobre la calle Carlos Calvo, para el inmueble sito

en la calle Carlos Calvo N° 922/24 esquina Tacuarí N° 1015, correspondiente al

Establecimiento Educativo "Sociedad de San Vicente de Paul de la República

Argentina", y

CONSIDERANDO:

Que se trata de la Parcela 001b sita en la manzana circunscrita por las calles Bernardo

de Irigoyen, Carlos Calvo, Tacuarí y Humberto 1° y afectada al Distrito APH 1 - (14)

Zona de Amortiguación del Código de Planeamiento Urbano y el mismo posee

Protección "Cautelar";

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°

4021543-DGIUR-2013, indica que en la Memoria Descriptiva obrante de fs. 20 a 23,

los interesados explican: "...Nuestra Institución propone la subdivisión de la Parcela

001b, a fin de independizar el sector del edificio de la esquina, con nuevos usos. Con

el objeto de brindar seguridad y encuadrar el edificio dentro de la totalidad de la

normativa vigente, se propone: Eliminar el acceso por la calle Tacuarí al edificio

educacional a fin de realizar el nuevo acceso por la calle Carlos Calvo, y cumplimentar

lo previsto por la Ordenanza N° 45.425 y lo correspondiente a la accesibilidad, Ley N°

962...";

Que en relación con la normativa vigente, se informa que:

  1. La Ley N° 4464 en su Artículo 2° establece: "... Aféctanse los polígonos

    comprendidos en el Artículo 1° a la Zona de Amortiguación APH 1 San Telmo -

    Avenida de Mayo del Código de Planeamiento Urbano, a excepción de las Parcelas

    901B, 1a, y 15a, de la Manzana 7, Sección 8, que serán afectadas al Distrito E4 18,

    Hospital de Niños Pedro Elizalde...".

  2. De acuerdo con el Plano 5.4.12.1.C1, el edificio perteneciente a Sociedad de San

    Vicente de Paul de la República Argentina motivo de consulta, pertenece a la Zona 4

  3. y conforma el Fragmento 14 - 072 - A.

  4. El Parágrafo 4.1.1.3. Protección Cautelar, establece: "...Protege la imagen

    característica del área previniendo actuaciones contradictorias en el tejido y la

    morfología...".

  5. El Cuadro 5.4.12. del...

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