Disposición Nº 25/GCABA/ISC/14

FirmantesChierzi
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorInstituto Superior de la Carrera
Fecha de la disposición24 de Abril de 2014

VISTO:

La Ley N° 2095, la Ley N°4764, el Decreto N° 95/GCABA/14, y el Expediente N°

EX2014- 04079798-MGEYA-ISC, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el presente actuado tramita la Licitación Pública N° 608-0209-LPU14,

en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 31 y primera parte del Artículo 32

de la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, para la contratación de

un Servicio de Capacitación sobre "Informática para la oficina" con destino al Instituto

Superior de la Carrera, dependiente del Ministerio de Modernización, Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por Disposición N° DI-2014-22-ISC se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones

Particulares, sus Anexos y de Especificaciones Técnicas, y se llamó a Licitación

Pública N° 608-0209-LPU14, estableciéndose el correspondiente Acto de Apertura

para el día 29 de abril de 2014 a las 14.00 horas;

Que, se cursaron invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 93, 97 y 98

de la Ley N° 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, y se publicó en el

Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Página Web del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Cartelera de la Unidad Operativa de

Adquisiciones;

Que, existe la necesidad de contratar cursos de capacitación adicionales relacionados

a programas de informática para la oficina, a partir de nuevos requerimientos y, que el

Artículo 91

de la Ley N°2095 dispone que "Queda prohibido por disposición de la.

presente ley cualquier mecanismo para desdoblar el objeto de una contratación. Se

presumen que existe desdoblamiento, del que son responsables los funcionarios que

hubieran autorizado y aprobado los respectivos procedimientos de selección, cuando

en un lapso de tres (3) meses contados a partir del primer día de efectuada la

convocatoria, se efectuare otra convocatoria, para seleccionar bienes o servicios

pertenecientes a un mismo rubro comercial, sin que previamente se documentaren las

razones que lo justifiquen";

Por ello, en uso de las facultades conferidas en el Artículo 13 del Decreto N°

95/GCABA/14,

LA COORDINADORA GENERAL EJECUTIVA

DEL INSTITUTO SUPERIOR DE LA CARRERA

DISPONE

Artículo 1° Déjase sin efecto la Disposición N°22-2014-ISC y el proceso de Licitación

Pública N° 608- 0209-LPU14...

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