Resolución Nº 310/2014

Fecha de disposición07 Marzo 2014
Fecha de publicación16 Abril 2014
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32867



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 310/2014Registros Nº 381/2014, Nº 382/2014, Nº 383/2014, Nº 384/2014, Nº 385/2014 y Nº 386/2014

Bs. As., 7/3/2014

VISTO el Expediente N° 1.578.570/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación de los acuerdos suscriptos entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA) y la empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrantes a fojas 31/32, 33/34, 35/36, 38/39, 42/43 y 45/46, todos del Expediente N° 1.578.570/13, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante los precitados acuerdos, las partes establecen nuevas condiciones laborales y económicas para los trabajadores, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1317/13 “E”.

Que el ámbito territorial y personal de los mismos se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos los mentados Acuerdos.

Que corresponde hacer saber a las partes, respecto a los listados de personal obrantes a fojas 37, 40/41 y 44, que dichas individualizaciones no se encuentran comprendidas en la homologación que por el presente acto se dispone por ser ajenas al ámbito colectivo.

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con los alcances y limitaciones que se precisan en el considerando octavo de la presente medida.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorias.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA) y la empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 31/32 del Expediente N° 1.578.570/13, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA) y la empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 33/34 del Expediente N° 1.578.570/13, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3°

— Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA) y la empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 35/36 del Expediente N° 1.578.570/13, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 4°

— Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA) y la empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 38/39 del Expediente N° 1.578.570/13, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5°

— Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA) y la empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 42/43 del Expediente N° 1.578.570/13, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6°

— Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA) y la empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 45/46 del Expediente N° 1.578.570/13, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7°

— Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre los Acuerdos obrantes a fojas 31/32, 33/34, 35/36, 38/39, 42/43 y 45/46, respectivamente del Expediente N° 1.578.570/13.

ARTICULO 8°

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Por último, procédase a la guarda del presente legajo, junto con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1317/13 “E”.

ARTICULO 9°

— Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los Acuerdos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 10 — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra

NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.578.570/13

Buenos Aires, 10 de Marzo de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 310/14 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 31/32, 33/34, 35/36, 38/39, 42/43 y 45/46 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 381/14, 382/14, 383/14, 384/14, 385/14 y 386/14 respectivamente. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios...

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