Resolución Nº 226/GCABA/CDNNYA/14
Firmantes | Wolanik |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Consejo de Los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes |
Fecha de la disposición | 7 de Marzo de 2014 |
VISTO:
La Ley N° 114, la Resolución N° 436/CDNNYA/11, el Expediente Electrónico N°
03.020.679/MGEyA- CDNNyA/14, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las
funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los
derechos de niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada norma, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que el artículo 74 de la Ley N° 114 crea en el ámbito del Consejo, el Registro de
Organizaciones No Gubernamentales (Registro de ONGs), que tiene como objeto la
inscripción de organizaciones que trabajan sobre temáticas y cuestiones vinculadas,
directa o indirectamente, a los derechos de niñas, niños y adolescentes;
Que el artículo 75 de la misma ley establece la obligatoriedad de la inscripción en el
mencionado Registro para todas las organizaciones de la sociedad civil y, en general,
a las personas de existencia ideal que hayan obtenido su personería jurídica, como
condición insoslayable para la celebración de convenios de cualquier naturaleza y
alcance con instituciones oficiales;
Que por Resolución N° 436/CDNNYA/11 se dictó el marco reglamentario de
inscripción de las organizaciones y de funcionamiento del mencionado Registro;
Que la Asociación Civil Comunidad de San Egidio, con domicilio legal, sito en la calle
Humberto Primo N° 389, de esta Ciudad, tiene como objeto brindar a niños y
adolescentes, en particular a aquellos en condiciones desfavorecidas, una propuesta
educativa y humana de integración, caracterizada por los temas de la solidaridad, de la
convivencia entre personas diferentes, del respeto del otro y la preservación del medio
ambiente, con la finalidad de construir modos de vivir que representen una alternativa
concreta a los recorridos habituales de exclusión y de discriminación;
Que la Asociación Civil inscripta bajo el Legajo N° 799, ha sido relevada por el Equipo
Técnico del área de Registro de ONGs;
Que la titular de la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs, mediante IF N°
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba