Resolución Nº 2/GCABA/ERSP/14

FirmantesMichielotto - Goldsack - Lauría
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Ente Único Regulador de Los Servicios Públicos
Fecha de la disposición 6 de Marzo de 2014

VISTO:

las Resoluciones N° 132/2011 y N° 323/2011 y su modificatoria N° 199/2012, el Acta

de Directorio N° 556 del 5 de diciembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Resolución N° 323/ERSP/2011 el Directorio aprueba el pago de un

subsidio mensual en concepto de guardería del 50% de lo abonado mensualmente por

este concepto con un tope de pesos seiscientos ($600.00) durante los doce meses del

año y una cuota adicional en concepto de reserva de vacante o rematriculación al

personal del Organismo cuyo/s hijo/s asista/n a dichos establecimientos desde los

cuarenta y cinco (45) días de su nacimiento hasta su ingreso al preescolar, suma que

se duplica en el caso de tratarse de niños con necesidades especiales;

Que, mediante Resolución N° 199/ERSP/2012 se modifica el Art. 3° de la Resolución

N° 323/ERSP/2011 estableciéndose que la totalidad de la suma abonada por ese

concepto se eleva hasta un tope de pesos un mil ($1.000);

Que, a los efectos de actualizar y garantizar futuras actualizaciones del beneficio

resulta oportuno fijar el monto del mismo en unidades remunerativas (UR), en

concordancia con lo estipulado por la Resolución N° 132/ERSP/2011 para las

remuneraciones del personal;

Que, el servicio jurídico ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1° Sustitúyase el Art. 3° de la Resolución N° 323/ERSP/2011 por el siguiente:

El subsidio será percibido por uno de los padres, tutores o guardadores, cuando

ambos se desempeñen en el Organismo, tendrá carácter mensual y cubrirá la totalidad

de la suma abonada en ese concepto hasta un tope de 25 Unidades Retributivas, de

conformidad con lo establecido en los Arts.1° y 2° de la...

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