Resolución Nº 173/2014
Emisor | Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social |
Fecha de la disposición | 14 de Febrero de 2014 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
ResoluciónNº 173/2014Registros Nº 231/2014, Nº 232/2014 y Nº 233/2014
Bs. As., 14/2/2014
VISTO el Expediente N° 1.602.027/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3, 4/5 y 6/7 obran los Acuerdos celebrados entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO por el sector gremial y el AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO por el sector empleador, ratificados a fojas 13, 14 y 15, conforme lo establecido en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través de los mismos se convino un incremento salarial dentro de los términos y lineamientos estipulados.
Que los presentes resultarán de aplicación al personal comprendido en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 95/75 “E”, cuyas partes signatarias coinciden con los actores intervinientes en autos.
Que el ámbito de aplicación de los Acuerdos traídos a estudio se corresponden con la actividad del sector empresario signatario y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que las partes han acreditado la personería invocada con las constancias obrantes en autos.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en los términos de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los Acuerdos, corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que de las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
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