Resolución Nº 88/GCABA/MSGC/14

FirmantesReybaud
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición24 de Enero de 2014

VISTO:

La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos N° 1254/GCBA/08, N°

1132/GCBA/08, N° 481/GCBA/10, N° 593/GCBA/11 y N° 481/GCBA/11, la Resolución

1983/MSGC/13, el Expediente N° 2.888.966/2013, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Expediente tramita la contratación de la Gestión, Operación y

Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y

Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la ejecución de trabajos menores de

mantenimiento del Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" sito en la calle

Pedro Chutro N° 3380, Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el objeto de la presente licitación es que el Hospital cumpla con los requisitos de

adecuadas condiciones de salubridad, habitabilidad y de normal funcionamiento;

Que la correcta prestación del servicio de salud pública a los habitantes de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y el estado de conservación de los Hospitales que forman

parte integrante del Sistema Integrado de Salud, son parte de las tareas primordiales

por las cuales debe velar este Ministerio de Salud;

Que si bien el edificio objeto de la presente licitación no presenta deficiencias de

gravedad, es necesario realizar acciones de mantenimiento a fin de reparar,

reconstruir, adecuar, limpiar, pintar, etc., en función de garantizar la conservación,

funcionamiento y prolongación de la vida útil del mismo;

Que, por lo expuesto surge que no es posible utilizar los plazos de publicación

ordinarios establecidos en el ordenamiento normativo, por lo cual, con el fin de

garantizar con mayor celeridad las prestaciones objeto de la presente licitación es

preciso reducir los plazos de publicación conforme lo contemplado en el artículo 10 de

la Ley N° 13.064;

Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias, el presupuesto oficial para

la realización de la obra descripta en el Considerando precedente, asciende a la suma

de PESOS OCHENTA Y UN MILLONES OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS

CATORCE CON NUEVE CENTAVOS ($ 81.088.514,09) y el presupuesto total oficial

del Anexo XI es de PESOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y

CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTE CON CUARENTA

CENTAVOS

($ 9.654.820,40);

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