Disposición Nº 2060/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2013

VISTO:

El Expediente N° 5.863.937/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Agencia Comercial", para el inmueble sito en la calle Florida 15 y

Rivadavia 581/89, 9° PISO - OFICINA 339 (305), con una superficie a habilitar de

138,81 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 9d Distrito APH 1 de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°

1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

7123025-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso

solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el

Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y resultan Permitidos en

el Distrito;

Que los usos consignados Permitidos son: "Oficina Comercial - Oficina Consultora";

Que respecto a la localización de publicidad, toda vez que la unidad funcional es

interna y no posee fachada a la vía pública, no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Oficina Comercial - Oficina Consultora", para el inmueble sito en la calle

Florida 15 y Rivadavia 581/89, 9° PISO - OFICINA 339 (305), con una superficie a

habilitar de 138,81 m2, (Ciento treinta y ocho metros cuadrados con ochenta y un

decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de

aplicación para el presente caso.

Artículo 2° Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado

publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,

modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta

Dirección General.

Artículo 3°...

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