Resolución Nº 1265/GCABA/SSGRH/13

FirmantesLegorburu
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Gestión de Recursos Humanos
Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2013

VISTO:

El E.E. N° 4189424/2013 (DGALP), y

CONSIDERANDO:

Que atento distintas constancias de la Administración Nacional de la Seguridad Social

(ANSES), diversas personas de la planta permanente del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, se encontrarían gozando del beneficio de la jubilación

ordinaria;

Que acorde los términos del inciso c) del artículo 59 de la Ley N° 471, la relación de

empleo se extingue por encontrarse el trabajador en condiciones de acceder a

cualquier beneficio jubilatorio. En el mismo sentido, el artículo 61 determina la

necesidad de intimación al agente que cuente con los requisitos de edad y años de

aportes, de modo tal que inicie los trámites pertinentes, pudiéndosele dar la baja en

caso de no cumplir con dicho inicio;

Que en caso de marras, resulta que los agentes efectivamente han accedido al

beneficio jubilatorio, razón por la que han alcanzado el requisito previsto en la

normativa para la extinción de la relación de empleo.

En tal sentido, si la Administración tiene facultades para dar la baja de todo trabajador

que reúna las condiciones de edad y años de aportes, con mayor razón podrá

disponer su baja cuando efectivamente se verifique la obtención de dicho beneficio;

Que por lo expuesto, corresponde proceder a regularizar la situación planteada.

Que es del caso destacar, que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del

Ministerio de Modernización ha dictaminado con fecha 11 de enero de 2012, recaído

en el Informe 79098/DGTALMOD/2012, que "...la Subsecretaría de Gestión de

Recursos humanos tiene la facultad para suscribir aquellos actos que versen sobre

modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también sobre las

sanciones por cesantía en los supuestos que permite el anexo del Decreto

184/GCBA/2010."

Por ello, conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el

Decreto N° 660/2011, y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE

Artículo 1 Cese a partir del 1 de octubre de 2013, conforme los términos de los

artículos 59 y 61 de la Ley N° 471, el personal que reúne las condiciones de...

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