Resolución Nº 1501/2013

Fecha de publicación22 Enero 2014
Fecha de disposición22 Octubre 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32811



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 1501/2013Registro Nº 1211/2013

Bs. As., 22/10/2013

VISTO el Expediente N° 1.590.374/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 vuelta del Expediente N° 1.590.374/13 obra el acuerdo denominado “Convenio Marco”, celebrado entre la FEDERACION UNICA DE VIAJANTES DE LA ARGENTINA (FUVA), la ASOCIACION VIAJANTES VENDEDORES DE LA ARGENTINA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS (A.V.V.A.), y la FEDERACION ECONOMICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (FEBA), de conformidad con lo establecido por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado acuerdo los actores sociales establecen que el mismo resultará aplicable a aquellos trabajadores cuya actividad se encuentra regulada por la Ley 14.456 y los Convenios Colectivos de Trabajo N° 308/75, N° 22/98 y N° 295/97, y se desempeñen en relación de dependencia de las empresas representadas por la Federación empresaria signataria.

Que el acuerdo de marras tiene por finalidad fomentar la regularización y promoción de la actividad de los trabajadores viajantes vendedores, en el marco de la autonomía colectiva de las partes.

Que a tales efectos, convienen la creación de un REGISTRO DE TRABAJADORES VIAJANTES BONAERENSES (ReTraVi), destinado a promover las buenas relaciones laborales, así como la registración del empleo y la mejora de las condiciones de trabajo de los viajantes comprendidos en los Convenios Colectivos de Trabajo precitados.

Que las partes fundamentan la instrumentación de dicho Registro, en la necesidad de establecer un mecanismo tendiente a fomentar el cumplimiento de la legislación vigente en la materia, en particular, respecto del reconocimiento de la relación laboral y protección de los trabajadores.

Que, de conformidad con lo indicado en los considerandos precedentes, el presente se homologa como acuerdo marco, por cuanto contiene disposiciones colectivas de carácter sustantivo, en el que se enmarcarán en el futuro aquellas negociaciones destinadas a regular cuestiones propias de las relaciones laborales.

Que por otra parte, con la documentación obrante en las presentes actuaciones, los sectores intervinientes han acreditado la representación que invisten y las facultades para negociar colectivamente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el acuerdo denominado “Convenio Marco” obrante a fojas 2/3 vuelta del Expediente N° 1.590.374/13, celebrado entre la...

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