Resolución Nº 45/GCABA/SSDI/13

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaria de Desarrollo Inclusivo
Fecha de la disposición11 de Diciembre de 2013

VISTO:

La Ley N° 3116, los Decretos Nros. 697/08, 1006/08, 177/09, 660/11, 149/13, las

Resoluciones N° 6/COPIDIS/12 y su modificatoria N° 3/COPIDIS/13, la Resolución N°

968/MDEGC/13, el Expediente Electrónico N° 7080428/COPIDIS/13 y,

CONSIDERANDO:

Que el Programa de Becas de Estudio y Capacitación Laboral para Personas con

Discapacidad tiene como objetivo la educación terciaria, universitaria, la formación

profesional y la capacitación continua de las personas con discapacidad que tengan

domicilio real en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su participación e

inclusión plena y efectiva en la sociedad;

Que por su parte, el Decreto N° 177/09 facultó a la Presidenta de la Comisión para la

Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad, a adaptar el

Reglamento del Programa de Capacitación Laboral y el modelo de Convenio de

Capacitación, aprobados por los Decretos mencionados precedentemente;

Que en este marco, la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad, otorga becas de estudio y capacitación laboral a las

personas con discapacidad que residen en la Ciudad de Buenos Aires, a fin de

brindarles la posibilidad de acceder a distintas instancias de estudio y capacitación

laboral ofrecidas por entidades e instituciones de demostrada trayectoria en el ámbito

educativo;

Que mediante la Resolución N° 6/COPIDIS/12 y su modificatoria N° 3/COPIDIS/13, se

aprobó el Reglamento del Programa de Capacitación para Personas con

Discapacidad, que establece las obligaciones de las partes, la documentación

requerida para acceder a la beca, el monto de éstas y las condiciones requeridas para

continuar percibiendo el beneficio;

Que algunas personas que suscribieron el Convenio correspondiente al Programa no

han cumplido con el requisito de acreditar la constancia de asistencia, el certificado de

alumno regular y/o la libreta de calificaciones conforme lo establece el punto 5 del

Reglamento aprobado por la Resolución N° 6/COPIDIS/12 y su modificatoria N°

3/COPIDIS/13;

Que la Gerencia Operativa de Registro Único de Aspirantes a Empleo Público

dependiente de COPIDIS, intimó fehacientemente a los beneficiarios a presentar dicha

documentación;

Que habiendo constatado al día de la fecha que los beneficiarios no han

cumplimentado los...

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