Resolución Nº 1211/2013

Fecha de disposición10 Septiembre 2013
Fecha de publicación05 Diciembre 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32779



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 1211/2013Registro N° 1011/2013

Bs. As., 10/9/2013

VISTO el Expediente N° 1.547.004/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente N° 1.547.004/13 obra el Acuerdo celebrado ante esta Cartera de Estado entre la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE y la FEDERACION MARITIMA PORTUARIA Y DE LA INDUSTRIA NAVAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (F.e.M.P.I.N.R.A.), por el sector gremial, y la empresa EXOLGAN SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 784/06 “E”.

Que corresponde dejar asentado que los celebrantes del Acuerdo cuya homologación se persigue en el presente trámite son las mismas que suscribieron el convenio colectivo antes mencionado.

Que mediante dicho acuerdo las partes establecen la incorporación de nuevas categorías al convenio citado, conforme a las condiciones y términos allí establecidos.

Que asimismo, establecen las escalas salariales que regirán para esas nuevas categorías, de acuerdo a las estipulaciones pactadas en el presente.

Que el ámbito de aplicación del mentado texto convencional se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad del sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que los Delegados del Personal han tomado la intervención que les compete en los términos del Art. 17 de la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en la Ley N° 23.546.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Acuerdo de referencia, se...

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