Disposición Nº 1879/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición20 de Noviembre de 2013

VISTO:

El Expediente N° 1.816.322/2012 y la Disposición N° 2088-DGIUR-2012, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la mencionada Disposición se consideró factible desde el punto de

vista urbanístico, el proyecto de ampliación de superficies del predio sito en la calle

Vuelta de Obligado N° 2.490 esquina Monroe, Nomenclatura Catastral: Circunscripción

16, Sección 25, Manzana 07, Parcela 1c; con destino "Instituto de Investigaciones

Científicas" perteneciente al Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y

Técnicas "Complejo Obligado "CONICET", el que constaría de subsuelo, planta baja,

  1. , 2°, 3° y 4° piso, e involucraría una superficie nueva a construir de 1.106,22 m2, que

sumadas a la superficie existente de 4.544,88 m2 totalizaría una superficie de 5.651,23

m2; la que resulta menor al FOT=5 permitido por el distrito; y con una altura que

"enrasa" con el volumen existente a nivel de piso terminado de la azotea a +16,50m

sobre la Línea Oficial;

Que el predio en cuestión, se encuentra afectado a un Distrito C2 "Centro Principal"

de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449, texto

ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007 (BOCBA N° 2.772);

Que en esta oportunidad, el profesional solicita la ampliación de la vigencia de la

Disposición N° 2088- DGIUR-2012;

Que el recurrente fundamenta lo solicitado en: "...cuestiones estrictamente formales y

burocráticas, recién el día 30/9 y 1/10 se va a publicar en el Boletín Oficial la Licitación

prevista según la factibilidad otorgada, estimándose su apertura para el día 6 de

Noviembre, en la que se ha dispuesto que la Empresa Contratista presente la

documentación correspondiente ante la Dirección General Registro de Obras y

Catastro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...";

Que el Área Técnica competente, mediante Dictamen N° 3703-DGIUR-2013, indica

que toda vez que la mencionada Disposición se encuentra vencida, se requiere un

nuevo estudio urbanístico por parte de este Organismo;

Que sobre el particular habiendo analizado la documentación presentada y toda vez

que tanto la normativa con la cual fue estudiado el presente caso, como las

condiciones que permiten la aplicación de la misma, no han sufrido modificaciones al

día...

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