Resolución Nº 776/GCABA/AGIP/13

FirmantesWalter
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAdministración Gubernamental de Ingresos Públicos
Fecha de la disposición18 de Octubre de 2013

VISTO:

La Ley N° 2.809, el Decreto Reglamentario N° 1.312/GCABA/08, La Ley 2.603

promulgada por Decreto N° 2.140/GCABA/07 y reglamentada mediante Decreto

745/GCABA/08, Resolución N° 4.271/MHGC/08, la Resolución N° 543/MHGC/13,

Licitación Pública N° 1.232/12, la Resolución N° 787/AGIP/12, el Expediente. N°

3.261.784/13 y,

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la Licitación Pública N° 1.232/12 ha tramitado la contratación del

"Servicio de Consultoría para Auditoría del Proyecto GIT en la AGIP", adjudicada

mediante la Resolución N° 787/AGIP/12 a la firma Infotema SA. por un importe de

pesos dos millones doscientos ochenta y seis mil ($ 2.286.000.-) por un plazo de doce

meses;

Que por artículo 2° de la Resolución N° 401/AGIP/12 se impulsó el llamado para el día

4 de julio de 2012 a las 12:00 horas, el cual fue modificado por la Circular Modificatoria

N° 1 materializándose la apertura de ofertas el día 11 de julio de 2012 a las 12:00

horas, emitiéndose la correspondiente Orden de Compra N° 49.126/12 el 26 de

octubre y dando inicio a la prestación en el mes de noviembre del mismo año;

Que mediante Resolución N° 662/AGIP/2013 se aprobó la Redeterminación Provisoria

Primera de Precios interpuesta por la firma Infotema S.A., correspondiente al servicio

mencionado; estableciéndose la misma en un nueve con sesenta y cuatro por ciento

(9,64%) del valor contractual faltante de ejecutar al 1° de noviembre de 2012;

equivalente a un incremento de pesos doscientos veinte mil trescientos setenta con

cuarenta centavos ($ 220.370,40.-) por el saldo restante de ejecución al 1 de

noviembre de 2012 y correspondiente a una variación provisoria mensual de pesos

dieciocho mil trescientos sesenta y cuatro con veinte centavos ($ 18.364,20.-);

Que mediante Expediente N° 3.261.784/13 la firma proveedora ha solicitado la

Redeterminación Provisoria Segunda del monto contratado, en los términos de la Ley

N° 2.809, el Decreto reglamentario N° 1.312/GCABA/08 y la Resolución N°

543/MHGC/13;

Que el artículo 43° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares establece la tabla

con la estructura de costos aplicable a los fines de la Redeterminación Provisoria;

Que la firma proveedora ha cumplimentado con las exigencias establecidas en el

articulo 2°

incisos a), b) y c) del Anexo I de la Resolución N°...

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