Disposición Nº 117/GCABA/HGNPE/13
Firmantes | Fakih - Garrote |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Hospital General de Niños P. Elizalde |
Fecha de la disposición | 31 de Julio de 2013 |
VISTO:
la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. N° 2.557)
y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.960) , el Expediente
Electrónico N° 2221304/HGNPE/2013 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de insumos varios, con
destino a hemodinamia;
Que obran las Solicitudes de Gasto N° 37009 y 45792/SIGAF/2013 debidamente
valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2013;
Que, por Disposición DI-2013-171-HGNPE se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado a
Licitación Pública N° 1627/2013 para el día 11 de julio de 2013 a las 10:00 hs, al
amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley N° 2.095
Que, tal como luce en el Acta de Apertura N° 1904/2013 se recibieron 3 ofertas de las
firmas: FV Endovascular SRL; Debene SA y Omnimedica SA;
Que, se cumplimentó el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la
reglamentación, del cual es fiel reflejo el Dictamen de Evaluación de Ofertas N°
1752/2013 y por el que se preadjudicó a favor de las firmas : FV Endovascular SRL
(Renglón: 4); Debene SA ( Renglones: 1,2,3,5,6,7,8,) y Omnimédica SA (Renglones :
9,10,11,12) , siendo "Oferta más conveniente" y " Unica Oferta" ; en un todo de
acuerdo al asesoramiento técnico oportunamente brindado;
Que, el Dictamen de Evaluación emitido en consecuencia, fue comunicado
fehacientemente a los oferentes, exhibido en cartelera de la Unidad Operativa de
Adquisiciones, Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en la página
de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 24/07/2013, y
vencido el término para efectuar impugnación, no se recibió presentación alguna en tal
sentido;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto N° 754/
GCBA/2008 (B.O.C.B.A.N° 2.960/08 ) y sus modificatorios, reglamentario del Artículo
13 de la Ley N° 2.095 (B.O.C.B.A. N° 2.557), y lo dispuesto en el Articulo 6° del
Decreto 392/10;
EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE NIÑOS " PEDRO DE ELIZALDE"
EN SU...
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