Resolución Nº 75/PJCABA/TSJ/13

FirmantesLozano - Casás - Ruiz
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorTribunal Superior de Justicia
Fecha de la disposición10 de Octubre de 2013

VISTO:

el Expediente Interno n° 82/2013, y;

CONSIDERANDO:

En ese legajo se documenta la provisión de los tomos correspondientes a los años

2010 y 2011 de la publicación Constitución y Justicia. Fallos del Tribunal Superior de

Justicia, ejemplares que actualizan esa colección permanente. La edición y

comercialización de la obra está a cargo de la firma EDITORIAL AD-HOC SRL de

forma exclusiva, en razón del contrato suscripto oportunamente entre esa empresa y el

Tribunal Superior de Justicia.

El área contaduría tomó conocimiento y realizó la afectación preventiva, con cargo al

presupuesto vigente, por $ 237.055 (fs. 14/15)

El Tribunal dictó su Resolución n° 64/2013 autoriza ndo el llamado a contratación, de

acuerdo con lo previsto por el inciso 4° del artícu lo 28 de la ley n° 2095 y aprobó el

pliego de cláusulas particulares y las especificaciones técnicas a ser tomadas en

cuenta durante el procedimiento de adquisicion. En el Anexo II se consigna el

siguiente detalle: Constitución y Justicia. Fallos del Tribunal Superior de Justicia de la

Ciudad de Buenos Aires, Año 2010/B, encuadernado, 70 (setenta) ejemplares; Año

2010/C, encuadernado, 70 (setenta) ejemplares; Año 2011/A, encuadernado, 70

(setenta) ejemplares; Año 2011/B, encuadernado, 70 (setenta) ejemplares (cfr. Copia

fiel a fs. 46/49).

El área de compras y contrataciones efectuó las publicaciones determinadas por la

normativa y cursó la invitación a cotizar a la firma mencionada (ver fs. 50/56).

El oferente presentó el presupuesto y la Declaración de exclusividad, con la inclusión

de una bonificación del 35% (fs. 57/59).

En atención a que el monto cotizado superó la previsión presupuestaria el área de

Compras y Contrataciones solicitó su ajuste hasta el monto de $ 267.995.- (fs. 62/63).

La Unidad Operativa de Adquisiciones preparó el cuadro de precios, constató la

inscripción de la participante en el Registro Informatizado Único y Permanente de

Proveedores (RIUPP) y gestionó los certificados exigidos por la ley n° 269 sobre

deudores alimentarios morosos.

Con esos antecedentes, la Comisión Evaluadora de Ofertas recomendó adjudicar la

contratación a AD HOC SRL, al cumplir esta firma todos los requisitos exigidos por la

normativa (fs. 74/76).

Esta decisión fue notificada a la firma preseleccionada y publicada en la cartelera de la

Administración y en la página del Tribunal en Internet, sin resultar cuestionado el acto

de preadjudicación (fs. 76 vuelta y 77/78).

El área de compras y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR