Resolución Nº 60/2013

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2013



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

ResoluciónNº 60/2013Bs. As., 19/9/2013

VISTO, el expediente N° 72.194/13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente obra copia del Acta N° 1 de fecha 18 de julio de 2013, mediante la cual la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) N° 14 eleva a la COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO, un acuerdo de determinación de las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de MANIPULEO Y ENFARDADO DE ALFALFA, en la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO.

Que analizados los antecedentes respectivos y en atención al tiempo transcurrido desde la última actualización salarial para los trabajadores de la actividad, las representaciones sectoriales han coincidido en cuanto a la pertinencia de los valores y del incremento en las remuneraciones para la presente actividad, razón por la cual debe procederse a su determinación.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26.727.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL

DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de MANIPULEO Y ENFARDADO DE ALFALFA, las que tendrán vigencia a partir del 1° de JULIO de 2013, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) N° 14, para la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, conforme se consigan a continuación:

JORNAL$ 173.15.-

ARTICULO 2°

— Las remuneraciones resultantes de la aplicación de la presente resolución, serán objeto de los aportes y contribuciones previstas por las leyes previsionales y asistenciales y de las retenciones por cuotas sindicales ordinarias. En caso de aportes y contribuciones a obras sociales...

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