Disposición Nº 1499/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 12 de Septiembre de 2013 |
VISTO:
El Expediente N° 2.844.636/2013 y la Disposición N° 1379-DGIUR-2013, y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición N° 1379-DGIUR-2013 se autorizó desde el punto de vista
urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Oficina Comercial", en el inmueble
sito en la calle Humboldt N° 1512/16/24/30/42/54/56/60/64 y J. A. Cabrera N° 5527/39,
U.F. N° 2 y 3, Planta Entrepiso, con una superficie total de 140,79m2;
Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en la Zona 3 del Distrito U20
(Parágrafo 5.4.6.21 - Distrito U20 Barrio Nuevo Colegiales) de Zonificación General del
Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-
2007, modificada por Ley N° 2567;
Que mediante Nota obrante a fs. 75, el recurrente solicita la modificación de la
dirección mencionada en la Disposición N° 1379-DGIUR-2013;
Que el Área Técnica competente, mediante Dictamen N° 3052-DGIUR-2013, en
relación a lo solicitado, informa que:
-
Se ratifica el Dictamen N° 2838- DGIUR-2013 de fecha 16 de Agosto de 2013.
-
En cuanto a los números de puerta, dicho Dictamen hace referencia a los indicados
en Consulta Parcelaria respecto de la parcela, donde se desarrolla el inmueble.
-
Respecto a los espacios a utilizar para el desarrollo de la actividad, se consideran
como "Unidades Funcionales", dado que forman parte de un conjunto de actividades
que completan el edificio en cuestión, hecho este que amerita su identificación a través
de la figura del "Reglamento de Copropiedad" con su correspondiente "Plano de
Mensura".
-
No obstante se debe aclarar que las localizaciones se estudian desde el punto de
vista urbanístico, por tal motivo, la terminología en cuestión (Unidades Funcionales)
quedaría sujeta a la presentación de documentación que acredite su identificación ante
el Organismo de Competencia (Dirección General de Habilitaciones y Permisos), en
referencia al número de puerta dado que en el formulario de usos indica un solo
numero de puerta (Humboldt N° 1550, Entrepiso) se podría tomar el numero como
válido para la presente localización;
Que en tal sentido, el Área Técnica competente ratifica el Dictamen N° 2838-DGIUR-
2013 de fecha 16 de Agosto de 2013. Respecto a la localización solicitada, tema de su
competencia, hace lugar al Número de puerta indicado en formulario a fs. 43
(Humboldt N°...
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