Disposición Nº 1499/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición12 de Septiembre de 2013

VISTO:

El Expediente N° 2.844.636/2013 y la Disposición N° 1379-DGIUR-2013, y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición N° 1379-DGIUR-2013 se autorizó desde el punto de vista

urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Oficina Comercial", en el inmueble

sito en la calle Humboldt N° 1512/16/24/30/42/54/56/60/64 y J. A. Cabrera N° 5527/39,

U.F. N° 2 y 3, Planta Entrepiso, con una superficie total de 140,79m2;

Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en la Zona 3 del Distrito U20

(Parágrafo 5.4.6.21 - Distrito U20 Barrio Nuevo Colegiales) de Zonificación General del

Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-

2007, modificada por Ley N° 2567;

Que mediante Nota obrante a fs. 75, el recurrente solicita la modificación de la

dirección mencionada en la Disposición N° 1379-DGIUR-2013;

Que el Área Técnica competente, mediante Dictamen N° 3052-DGIUR-2013, en

relación a lo solicitado, informa que:

  1. Se ratifica el Dictamen N° 2838- DGIUR-2013 de fecha 16 de Agosto de 2013.

  2. En cuanto a los números de puerta, dicho Dictamen hace referencia a los indicados

    en Consulta Parcelaria respecto de la parcela, donde se desarrolla el inmueble.

  3. Respecto a los espacios a utilizar para el desarrollo de la actividad, se consideran

    como "Unidades Funcionales", dado que forman parte de un conjunto de actividades

    que completan el edificio en cuestión, hecho este que amerita su identificación a través

    de la figura del "Reglamento de Copropiedad" con su correspondiente "Plano de

    Mensura".

  4. No obstante se debe aclarar que las localizaciones se estudian desde el punto de

    vista urbanístico, por tal motivo, la terminología en cuestión (Unidades Funcionales)

    quedaría sujeta a la presentación de documentación que acredite su identificación ante

    el Organismo de Competencia (Dirección General de Habilitaciones y Permisos), en

    referencia al número de puerta dado que en el formulario de usos indica un solo

    numero de puerta (Humboldt N° 1550, Entrepiso) se podría tomar el numero como

    válido para la presente localización;

    Que en tal sentido, el Área Técnica competente ratifica el Dictamen N° 2838-DGIUR-

    2013 de fecha 16 de Agosto de 2013. Respecto a la localización solicitada, tema de su

    competencia, hace lugar al Número de puerta indicado en formulario a fs. 43

    (Humboldt N°...

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