Resolución Nº 473/GCABA/MJYSGC/13

FirmantesMontenegro
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición20 de Agosto de 2013

VISTO:

Las Leyes N° 2.894 y N° 2.947, el Decreto N° 380/09, la Resolución N° 479-

MJYSGC/09, las Resoluciones N° 166/ISSP/13 y N° 182/ISSP/13, y el Expediente

Electrónico N° 2571113/SGISSP/13, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de

Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda al Gobierno

de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e

institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública creado por la Ley N° 2.894 tiene la

misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente, al personal de la

Policía Metropolitana;

Que la Ley N° 2.947 del Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, determina

las bases jurídicas e institucionales que regirán la relación de empleo del personal de

la Policía Metropolitana;

Que el Artículo 17 del mencionado Estatuto establece que el Escalafón General

Policial se organiza en una categoría única que cuenta con grados que integran

cuadros oficiales;

Que en dicho marco legal se ha iniciado el proceso de selección e incorporación de los

aspirantes a formar parte de la Policía Metropolitana, habiéndose efectuado un

pormenorizado análisis de los antecedentes personales y profesionales de los agentes

propuestos;

Que la Resolución N° 479/MJYSGC/09 ha aprobado la descripción de las

responsabilidades primarias de los distintos grados del personal de la Policía

Metropolitana;

Que mediante Decreto N° 380/09, se estableció la retribución bruta normal y habitual

del personal de la Policía Metropolitana;

Que el Sr. Jefe de la Policía Metropolitana propone la lista de personal para ser

designado con los alcances previstos en las Disposiciones Transitorias Primera y

Tercera, de la Ley de Seguridad Pública N° 2.894;

Que la Ley N° 2.894, en su Cláusula Transitoria Tercera, establece que "El personal

proveniente de otras Fuerzas que se incorporen para conformar la primera estructura

de mandos medios deberá satisfacer las exigencias de los exámenes psicofísicos y de

conocimientos profesionales durante la realización del Curso de integración y

Nivelación del Instituto Superior de Seguridad Publica, siendo éste condición sine qua

non para formar parte de los cuadros...

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