Resolución Nº 240/GCABA/APRA/13
Firmantes | Corcuera |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de protección ambiental |
Fecha de la disposición | 19 de Julio de 2013 |
VISTO:
Las Leyes N° 123 y N° 2628, el Decreto N° 222/12, la Disposición N°
117/DGTALAPRA/12, el Expediente N° 283.618 e inc. 1.238.449/12, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la Declaración de Impacto Ambiental y
el Certificado de Aptitud Ambiental del proyecto: "Cruce Bajo Nivel de las vías del ex
Ferrocarril Urquiza sobre Av. San Martín altura 6100-6200" cuyo titular es Autopistas
Urbanas S.A. (AUSA) con una superficie de 9.980 m2;
Que en el contexto de la normativa ambiental el emprendimiento se encuadra en el
inciso k) del Artículo 13 de la Ley N° 123, por lo cual se presumen Con Relevante
Efecto Ambiental a: "Las obras relevantes de infraestructura que desarrollen entes
públicos o privados que presten servicios públicos";
Que el proyecto consiste en la construcción de un paso a nivel ubicado sobre la Av.
San Martín alturas 6.100 a 6.200 y su intersección con el tendido del Ferrocarril
General Urquiza, en el barrio de Villa del Parque, el cual implicará la construcción de
un túnel perpendicular a la traza de las vías del Ferrocarril Urquiza, que servirá para la
circulación de vehículos livianos y pesados y de peatones en ambos sentidos de
circulación, cuyo diseño contempla cuatro (4) trochas de circulación (2+2) y 5,10
metros de galibo vehicular apto para el tránsito pesado, siendo las pendientes
diseñadas de ingreso y egreso al tunel son del 5%, en tanto que la velocidad directriz
del viaducto es de 40km/h y a su vez sobre los laterales del túnel se realizarán calles
de convivencia para el acceso de los frentistas, cubriendo un largo total del viaducto
de aproximadamente 340 metros, con un área, tomando como ancho la distancia entre
veredas, cercana a los 8.700m2;
Que el proyecto se enmarca en el "Plan Movilidad Sustentable", teniendo como
objetivos generales: reducirla demora e interrupción de tránsito que se produce en la
intersección de Av. San martín con el paso ferroviario a nivel mejorando las
condiciones de conectividad del área, minimizar las emisiones de regulación de
motores por la espera generada ante la barrera baja, mejorar las condiciones de
seguridad vial, beneficiar las condiciones de seguridad peatonal;
Que respecto al cronograma de obra, de acuerdo a lo declarado en el Estudio de
Impacto Ambiental se prevé una duración total en doce (12) meses para la ejecución
completa del cruce bajo nivel;
Que llamada a intervenir, la Dirección General de Tránsito se expidió por la
Providencia PV-2012-01238565-DGTRANSI mediante la cual informa que: "...se ha
respetado el desvío de tránsito dispuesto por esta Unidad de Organización durante la
etapa de obra y el derroteo de las líneas de autotransporte en común de pasajeros.
Con la apertura de los pasos a nivel de las calles Cuenca y Concordia";
Que asimismo, la Dirección General de Arbolado mediante Nota N° NO-2012-
01226404-DGARB, indica que "... las compensaciones calculadas para extracciones y
transplante en...
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