Resolución Nº 420/GCABA/SSTRANS/13

FirmantesDietrich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Transporte
Fecha de la disposición15 de Julio de 2013

VISTO:

Las Leyes Nros. 2.148 y 3.622, los Decretos Nros. 498/08, 1.220/08, y el Expediente

N° 2759782/12, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados tramita la caducidad de la licencia N° 33.593,

otorgada a favor del señor Rodi A. Bragoni (DNI N° 4.072.951), para la prestación del

servicio de taxímetro, con vehículo afectado dominio C1.057.520;

Que según surge de la información suministrada por la empresa concesionaria SACTA

S.A., por entonces administradora del Registro Único del Servicio Público de

Automóviles de Alquiler con Taxímetro, la licencia N° 33.593 registra vencimiento de la

habilitación en fecha 27 de junio de 1995;

Que a través de la Ley N° 2.148 se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante la Ley N° 3.622 se incorporó a dicho Código, el Título Décimo Segundo

denominado "Del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles de

Alquiler con Taxímetro - Taxis";

Que bajo el contexto normativo referenciado precedentemente y con el objeto de

regularizar el estado de la licencia N° 33.593, se notificó al titular de la misma para que

en el plazo de treinta (30) días hábiles administrativos regularice la situación de la

licencia, bajo apercibimiento de disponerse la baja de la habilitación, conforme los

términos del artículo 12.11.5 del mentado Código;

Que el artículo 12.4.1.4 del citado Código establece, en lo que hace a la vigencia de la

licencia de taxi, que la misma será de un (1) año;

Que por su parte, el artículo 12.11.5.1 dispone: "En todos los casos de plazos

vencidos se procederá a intimar fehacientemente por un término de treinta (30) días en

el domicilio constituido o personalmente, a fin que regularice la situación. Caso

contrario, se procederá a la baja de la habilitación";

Que asimismo, el artículo 12.11.5.2 prescribe: "En el caso de no poder ser notificado

en el domicilio denunciado, no haber dado cambio de domicilio, o ser desconocido, la

Autoridad de Aplicación podrá determinar la baja de la Licencia, cuando corresponda

la misma, previa publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires";

Que tal como lo prescribe la normativa citada, la vigencia de la licencia de taxi...

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