Resolución Nº 212/GCABA/APRA/13
Firmantes | Corcuera |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de protección ambiental |
Fecha de la disposición | 1 de Julio de 2013 |
VISTO:
Las Leyes N° 70, N° 2.095, N° 2.628, el Decreto N° 754/08, las Resoluciones N°
45/APRA/09, N ° 25/APRA/11, N° 98/APRA/11, N° 330/APRA/11, N° 393/APRA/11, N°
369/APRA/11, N° 493/APRA/11, N° 381/APRA/12 y N° 24/APRA/13, el Expediente N°
96.595/2011, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad
autárquica, con el objeto de proveer a la protección ambiental a través de la
planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la
Política Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo III de la ley precedentemente citada, la
Agencia de Protección Ambiental se rige en su gestión financiera, patrimonial y
contable por las disposiciones de esa Ley y los reglamentos que a tal fin se dicten,
aclarándose seguidamente que son de aplicación respecto a sus competencias, las
Leyes N° 70 de "Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector
Público de la Ciudad de Buenos Aires" y N° 2.095 de "Compras y Contrataciones" o
las que eventualmente las reemplacen parcial o totalmente;
Que por los artículos 4° y 5° de la Resolución N° 45/APRA/2009 se constituyó la
Comisión Evaluadora de Ofertas (C.E.O.) y la Comisión de Recepción Definitiva de
Bienes y Servicios respectivamente, cuya composición se estableció a través de las
Resoluciones N° 25/APRA/11, N° 98/APRA/11, N° 330/APRA/11, N° 393/APRA/11, N°
393/APRA/11, N° 493/APRA/11, N° 381/APRA/12 y N° 24/APRA/13 conforme a los
sucesivos cambios de estructura y rotación del personal designado;
Que en la etapa fundacional de esta Agencia, se consideró conveniente establecer
que la Comisión Evaluadora de Ofertas se conforme por un (1) representante
permanente en carácter de presidente, un (1) representante permanente, abogado, de
la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos dependiente de la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal, y un (1) representante permanente de la Oficina de
Gestión Sectorial (OGESE) dependiente de la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal, previéndose asimismo a los responsables que actuarán en
carácter de suplentes;
Que, en esta oportunidad, deviene necesario adecuar nuevamente la composición...
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