Resolución Nº 212/GCABA/APRA/13

FirmantesCorcuera
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia de protección ambiental
Fecha de la disposición 1 de Julio de 2013

VISTO:

Las Leyes N° 70, N° 2.095, N° 2.628, el Decreto N° 754/08, las Resoluciones N°

45/APRA/09, N ° 25/APRA/11, N° 98/APRA/11, N° 330/APRA/11, N° 393/APRA/11, N°

369/APRA/11, N° 493/APRA/11, N° 381/APRA/12 y N° 24/APRA/13, el Expediente N°

96.595/2011, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad

autárquica, con el objeto de proveer a la protección ambiental a través de la

planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la

Política Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;

Que de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo III de la ley precedentemente citada, la

Agencia de Protección Ambiental se rige en su gestión financiera, patrimonial y

contable por las disposiciones de esa Ley y los reglamentos que a tal fin se dicten,

aclarándose seguidamente que son de aplicación respecto a sus competencias, las

Leyes N° 70 de "Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector

Público de la Ciudad de Buenos Aires" y N° 2.095 de "Compras y Contrataciones" o

las que eventualmente las reemplacen parcial o totalmente;

Que por los artículos 4° y 5° de la Resolución N° 45/APRA/2009 se constituyó la

Comisión Evaluadora de Ofertas (C.E.O.) y la Comisión de Recepción Definitiva de

Bienes y Servicios respectivamente, cuya composición se estableció a través de las

Resoluciones N° 25/APRA/11, N° 98/APRA/11, N° 330/APRA/11, N° 393/APRA/11, N°

393/APRA/11, N° 493/APRA/11, N° 381/APRA/12 y N° 24/APRA/13 conforme a los

sucesivos cambios de estructura y rotación del personal designado;

Que en la etapa fundacional de esta Agencia, se consideró conveniente establecer

que la Comisión Evaluadora de Ofertas se conforme por un (1) representante

permanente en carácter de presidente, un (1) representante permanente, abogado, de

la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos dependiente de la Dirección General

Técnica Administrativa y Legal, y un (1) representante permanente de la Oficina de

Gestión Sectorial (OGESE) dependiente de la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal, previéndose asimismo a los responsables que actuarán en

carácter de suplentes;

Que, en esta oportunidad, deviene necesario adecuar nuevamente la composición...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR