Disposición Nº 98/GCABA/DGSPR/13
Firmantes | Cocca |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Seguridad Privada |
Fecha de la disposición | 18 de Abril de 2013 |
VISTO:
la ley N° 1913 (B.O N° 2363); y N° 4470 (B.O N° 4063), el Decreto N° 446-GCBA/2006
(B.O N° 2436) y, la Disposición N° 82-DGSPR/2011, y la Carpeta N° 22-DGSPR/2011,
y
CONSIDERANDO:
Que la empresa VIP SEGURIDAD S.R.L con domicilio real y constituido en Avenida
Belgrano N° 1185, Piso 8°, Depto "A", ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en
Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N° 82-
DGSPR/2011;
Que vencido el plazo de su última habilitación con fecha 17/04/2013 la interesada
solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo
-
sin autorización al uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a) y c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 9° Inciso c) y 20 Inciso a) de la Ley N° 1913 y reglamentación
aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Eduardo
Ricardo Capuchetti, D.N.I N° 10.810.745;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
N° 1913 y por el Decreto N° 446-GCBA/2006 para concederle la renovación de su
habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías
peticionadas y en consecuencia para otorgarle el alta en la actividad por un nuevo
período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Inciso 9, Ley N° 4470, por lo que corresponde el otorgamiento de la.
renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir de la fecha de
la presente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DIS...
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