Disposición Nº 131/GCABA/DGTALINF/13

FirmantesDacharry
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Técnica Administrativa y Legal - Asinf
Fecha de la disposición24 de Mayo de 2013

VISTO:

El Decreto N° 752-10, el Expediente N° 2.473.589/12, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el visto tramita la autorización para el pago del

"Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Correo Electrónico" prestado

por la empresa Pert Consultores S.R.L., por el período proporcional al mes de Abril de

2013 por la suma total de pesos veintitrés mil cuatrocientos treinta con 00/100 ($

23,430.00.-);

Que dicho servicio es prestado por la empresa mencionada según la Orden de

Compra N° 8385/2.010 y su ampliación N° 23.921/2.012 cuya fecha de finalización fue

el 1° de Octubre de 2.012, por un importe mensual de pesos diez mil quinientos con

00/100 ($ 10.500,00.-) y un servicio de mejoras según Órdenes de Compra N°

14.618/2.011 y su ampliación N° 23.909/2.012 cuya fecha de finalización fue el 7 de

octubre de 2.012, por un importe mensual de pesos cinco mil quinientos con 00/100 ($

5.500,00.-), procediéndose a la unificación de ambos servicios y siendo estos el

promedio mensual de estos últimos 6 meses;

Que por informe N° 1488238 y 1584282-DGIASINF-13, se aprueba un incremento

mensual a partir del 1° de Abril de 2.013, siendo el nuevo importe de pesos veintitres

mil cuatrocientos treinta con 00/100 ($ 23,430.00.-);

Que la prestación del servicio precitado resulta necesaria para garantizar el correcto

funcionamiento de la plataforma de correo para todo el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que asimismo se informó que dicho servicio incluirá las actualizaciones del Anti Spam;

Que en tal sentido, por el artículo 6° del Decreto N° 752-10 se faculta a los

funcionarios mencionados en el anexo II "... para aprobar, los gastos de imprescindible

necesidad cuando la operación sea de tracto sucesivo, de acuerdo con los límites

establecidos en el citado Anexo.";

Que por su parte el artículo 7° del mencionado Decreto dispone que "Las actuaciones

donde tramiten operaciones contempladas en el artículo anterior deben cumplir con los

siguientes requisitos: a) detallar el estado de avance del proceso licitatorio respectivo

y, en caso de no corresponder dicho...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR