Resolución Nº 113/PJCABA/CMCABA/13

FirmantesRabinovich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2013

VISTO:

El expediente DCC-065/13-0 caratulado "D.C.C. s/ Adquisición del Certificado Digital

Geotrust"; y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Informática y Tecnología -en respuesta a una consulta de la

Dirección de Compras y Contrataciones respecto al estado de la aplicación

(funcionamiento y operación) de los certificados digitales contratados y sobre la

necesidad de ampliar la contratación para más sitios- informa que "los certificados

actualmente instalados han sido utilizados sin inconvenientes" y agrega que

"analizadas las necesidades actuales del Poder Judicial hemos llegado a la conclusión

de que es más conveniente la contratación de un tipo diferente de certificado al

contratado anteriormente (Certificados para Servidor-SSL-TLS). El certificado

propuesto, Certificados Geotrust, se licencia bajo el concepto de "comodín" y nos

permitiría una utilización flexible ya que se puede utilizar indistintamente para diversos

dominios sin la necesidad de adquirir nuevos certificados, además de permitir un

considerable ahorro de dinero (...)" (Cfr. Nota N° 12 a fs. 1).

Que en esa oportunidad y en virtud de lo manifestado, la Dirección de Informática y

Tecnología esgrime que resultaría conveniente la adquisición de un certificado

Geotrust (True BusinessID WildCard), sugiere que el plazo de contratación de este

certificado debería ser de dos (2) años y adjunta documental informativa sobre dicho

certificado (fs. 1/5).

Que la Secretaría de Innovación comparte lo manifestado por la Dirección de

Informática y Tecnología en relación a la aplicación de certificados digitales y eleva las

presentes actuaciones a esta Oficina de Administración y Financiera (fs. 6).

Que entonces, esta Administración General impulsa la adquisición del citado

certificado (fs. 7) y la Dirección de Compras y Contrataciones incorpora a los

presentes actuados los datos del proveedor conforme el Registro Informatizado Único

y Permanente de Proveedores (fs. 12/13) y expresa que resultaría viable adquirirlo

mediante una contratación directa, en el marco del inciso d) del artículo 28° del Anexo

I de la Resolución CM N° 810/2010, reglamentario del inciso 3) del artículo 28° de la

Ley N° 2095 (fs. 14).

Que en tal sentido, la Dirección de Compras y Contrataciones elabora un proyecto de

Invitación a Cotizar y se lo remite para su revisión en conjunto con otras consultas

técnicas a la Dirección de Informática y Tecnología (fs. 15) y esa dependencia

...

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