Resolución Nº 113/PJCABA/CMCABA/13
Firmantes | Rabinovich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Consejo de la Magistratura |
Fecha de la disposición | 23 de Mayo de 2013 |
VISTO:
El expediente DCC-065/13-0 caratulado "D.C.C. s/ Adquisición del Certificado Digital
Geotrust"; y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Informática y Tecnología -en respuesta a una consulta de la
Dirección de Compras y Contrataciones respecto al estado de la aplicación
(funcionamiento y operación) de los certificados digitales contratados y sobre la
necesidad de ampliar la contratación para más sitios- informa que "los certificados
actualmente instalados han sido utilizados sin inconvenientes" y agrega que
"analizadas las necesidades actuales del Poder Judicial hemos llegado a la conclusión
de que es más conveniente la contratación de un tipo diferente de certificado al
contratado anteriormente (Certificados para Servidor-SSL-TLS). El certificado
propuesto, Certificados Geotrust, se licencia bajo el concepto de "comodín" y nos
permitiría una utilización flexible ya que se puede utilizar indistintamente para diversos
dominios sin la necesidad de adquirir nuevos certificados, además de permitir un
considerable ahorro de dinero (...)" (Cfr. Nota N° 12 a fs. 1).
Que en esa oportunidad y en virtud de lo manifestado, la Dirección de Informática y
Tecnología esgrime que resultaría conveniente la adquisición de un certificado
Geotrust (True BusinessID WildCard), sugiere que el plazo de contratación de este
certificado debería ser de dos (2) años y adjunta documental informativa sobre dicho
certificado (fs. 1/5).
Que la Secretaría de Innovación comparte lo manifestado por la Dirección de
Informática y Tecnología en relación a la aplicación de certificados digitales y eleva las
presentes actuaciones a esta Oficina de Administración y Financiera (fs. 6).
Que entonces, esta Administración General impulsa la adquisición del citado
certificado (fs. 7) y la Dirección de Compras y Contrataciones incorpora a los
presentes actuados los datos del proveedor conforme el Registro Informatizado Único
y Permanente de Proveedores (fs. 12/13) y expresa que resultaría viable adquirirlo
mediante una contratación directa, en el marco del inciso d) del artículo 28° del Anexo
I de la Resolución CM N° 810/2010, reglamentario del inciso 3) del artículo 28° de la
Ley N° 2095 (fs. 14).
Que en tal sentido, la Dirección de Compras y Contrataciones elabora un proyecto de
Invitación a Cotizar y se lo remite para su revisión en conjunto con otras consultas
técnicas a la Dirección de Informática y Tecnología (fs. 15) y esa dependencia
...
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