Disposición Nº 613/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 23 de Abril de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"
DISPOSICIÓN N.° 613/DGIUR/13
Buenos Aires, 23 de abril de 2013
VISTO:
El Expediente N° 768.017/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar
el uso: "Comercio Minorista: Ropa Confeccionada, Lencería, Blanco, Mantelería,
Textiles en general; de Calzados en general, Artículos de Cuero, Talabartería,
Marroquinería; de Artículos Personales y para Regalos", para el inmueble sito en la
calle Joaquín V. González N° 392 Planta Baja y Sótano UF N° 4, con una superficie a
habilitar de 52,27 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 53 "Floresta" de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°
1.181-GCBA-2007. Los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado de
Inmuebles Catalogados Distrito APH Floresta", se regirán por el Cuadro de Usos N°
5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano correspondientes al distrito de zonificación
R1bII;
Que no se admitirán en el polígono la localización de los siguientes usos: "Fabricación
de productos textiles" (Clanae 171, 1711.1, 1711.3, 1711.4, 1712.0, 172, 1721,
1721.0, 1722, 1722.0, 1723, 1723.0, 1729, 1729.0, 173, 1730, 1730, 1730.1, 1730.2,
1730.9), "Fabricación de prendas de vestir, terminación y teñido de pieles" (Clanae
181, 181.1, 181.11, 181.12, 181.13, 181.19, 181.2, 181.20, 182, 1820) y "Curtido y
terminación de cuero, Fabricación de artículos de marroquinería, talabartería y calzado
y de sus partes" (Clanae 191, 1912, 1920, 1920.1, 1920.2, 1920.3).
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°
1227-DGIUR-2013, obrante a foja 48, considera que desde el punto de vista
urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la
localización del uso solicitado toda vez que el mismo no origina impactos relevantes en
el Distrito;
Que los usos consignados Permitidos son: "Textiles, Pieles, Cueros, Artículos
Personales, del Hogar y afines. Regalos, se encuentra afectado por la Referencia EE
(Local o edificio...
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