Resolución Nº 211

EmisorAgencia Córdoba Cultura S.E.
Fecha de la disposición 4 de Noviembre de 2013
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO C - TOMO DLXXXVII - Nº 212 CÓRDOBA, 3 de diciembre de 20132
Se recategoriza...
Resolución Nº 211 Córdoba, 4 de noviembre de 2013
VISTO: El expediente N° 0385-000294/2013 en que se propicia la formalización de ajustes en la
distribución de los Recursos Financieros y en el Plan de Inversiones Públicas asignados por el
Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, la Ley 9086 y el Decreto 150/2004
y modificatorios.-
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 2881/2012 se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones
de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre
los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción adecuando los montos, fuentes de
financiamiento, plazos, alcance y toda otra que corresponda en los Proyectos de Inversión
incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificaciones que se
dispongan durante su ejecución.-
Que, asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas modificaciones mediante el
dictado una Resolución mensual.-
Que las modificaciones propuestas se encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo
a los artículos 47 de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración
General del Estado Provincial Nº 9086.-
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, y en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- FORMALICENSE las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros
y las adecuaciones al Plan de Inversiones Públicas del Presupuesto General de la Administración
Provincial en vigencia, de las partidas que no poseen crédito suficiente para realizar las imputaciones
correspondientes, según anexo I de la presente Resolución.-
AGENCIA CÓRDOBA
CULTURA
S
.
E
.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese a la Dirección General de Presupuesto e
Inversiones Públicas, al Tribunal de Cuentas, a la Legislatura y a la Contaduría General de la
Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
LIC. PABLO CANEDO
PRESIDENTE
AB. GERALDINE BALBI
VOCAL
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/age_03_r211.pdf
Resolución N° 212 Córdoba, 4 de noviembre de 2013
VISTO: El expediente N° 0385-000295/2013 en que se propicia la formalización de ajustes en la
distribución de los Recursos Financieros y en el Plan de Inversiones Públicas asignados por el
Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, la Ley 9086 y el Decreto 150/2004
y modificatorios.-
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 2881/2012 se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones
de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los
créditos asignados dentro de su misma jurisdicción adecuando los montos, fuentes de financiamiento,
plazos, alcance y toda otra que corresponda en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de
Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificaciones que se dispongan durante su ejecución.-
Que, asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas modificaciones mediante el
dictado una Resolución mensual.-
Dirección de Coordinación de Asuntos Legales,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- RECATEGORIZAR, a partir de la fecha de la
presente resolución, en Primera Categoría al Centro Educativo
de Nivel Medio para Adultos (C.E.N.M.A) N° 161 de Río
Segundo, conformado por los servicios educativos que se
detallan en el Anexo I, el que compuesto de una (1) foja útil,
forma parte de este dispositivo legal, todos dependientes de la
Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos.
ARTÍCULO 2º.- DISPONER que la Dirección de Recursos
Humanos adopte los recaudos pertinentes a fin de que se lleven
a cabo las compensaciones que correspondan en la asignación
de Recursos Humanos del Presupuesto General de la Provincia,
de modo que los cargos docentes de la planta de personal de los
servicios educativos comprendidos por el artículo 1º de esta
resolución, se adecuen a la nueva categoría.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/min_03_r1637.pdf
Resolución N° 1638 Córdoba, 29 de noviembre de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0109-093978/2010, del Registr o del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran las actuaciones relacionadas con la clasificación
por localización de la Escuela de Nivel Inicial “VICENTE
LÓPEZ Y PLANES” de Pueblo Italiano -Departamento Unión-
, dependiente de la Dirección General de Nivel Inicial y
Primario, y la pertinente asignación de la bonificación
respectiva a su personal docente y no docente.Que de acuerdo
con la documental obrante en autos, han quedado acreditados
los extremos legales que prevé la normativa de aplicación
para acceder a dicho beneficio, arts. 160 y 161 de la Ley Nº
6485, sus modificatorias y ampliatorias, según T.O. por Decreto
N° 1680/92 y en la Ley N° 9250.Que conforme con lo
expuesto, procede en esta instancia clasificar al mencionado
establecimiento educativo en el Grupo de localización
correspondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal
docente y no docente el respectivo porcentaje de bonificación
por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N° 1549/11
del Área Jurídica de este Ministerio, lo aconsejado a fs. 20
por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales y en
uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “B” de
localización a la Escuela de Nivel Inicial “VICENTE LÓPEZ Y
PLANES” de Pueblo Italiano -Departamento Unión-,
dependiente de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario,
a partir de la fecha de la presente resolución y en
consecuencia, OTORGAR por ese concepto la bonificación
del veinte por ciento (20 %) a su personal docente y del trece
(13 %) a su personal no docente, conforme con lo previsto
en los arts. 160 y 161 de la Ley Nº 6485, sus modificatorias y
ampliatorias, según T.O. por Decreto N° 1680/92 y en la Ley
N° 9250.
El egreso se imputará al P.V.: Jurisdicción 1.35; Programa
354;- Partidas: Principal 01, - Parcial 01 -”Personal Per-
manente” y Partidas Principal 01, - Parcial 02 - “Personal No
Permanente” -.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección
General de Administración de Capital Humano, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
Decreto N° 1277 Córdoba, 8 de noviembre de 2013
Debiendo ausentarse de la Provincia, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- DELÉGASE en la señora Vicegobernadora de la
Provincia, Cra. Alicia Mónica Pregno, las funciones inherentes al
Poder Ejecutivo Provincial.
ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor
Ministro Jefe de Gabinete y por el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DR. OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
MINISTRO JEFE DE GABINETE
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
PODER
EJECUTIVO

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