NAHUEL, IGNACIA SUSANA c/ ANSES s/PENSIONES
Fecha | 28 Diciembre 2023 |
Número de expediente | FLP 069455/2019/CA001 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II
La Plata, 28 de diciembre de 2023.
AUTOS Y VISTOS: estos autos N° FLP 69455/2019, caratulado “Nahuel, I.S. c/ ANSES s/ pensiones”, proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de Junín;
Y CONSIDERANDO:
La actora interpuso demanda contra la ANSES con el objeto de impugnar la resolución administrativa RBO 697/19 en cuanto decide denegar la pensión derivada por la muerte de su marido Sr. J.C.G., fallecido con fecha 01/11
Manifiesta que contrajeron matrimonio y que de dicha unión nacieron siete hijos. Relata que cuidó al Sr. G. hasta último momento por ello, luego de su deceso, inició los correspondientes trámites ante ANSES.
Corrido el traslado, la demandada contestó con fecha 05/02/2020. En su escrito argumenta que la actora solicitó la pensión denunciando ser cónyuge del Sr. G., con tal petición se formó oportunamente el expediente administrativo n°024-27052671545-007-1 y 2; como consecuencia de tal denuncia se ordenó realizar una verificación vecinal. De los antecedentes relacionados manifiesta que surge que la actora y el causante estaban separados de hecho desde hace varios años,
que no había asistencia reciproca, ni alimentos, ni fidelidad.
Asimismo indica que en el sistema de “Administrador de personas” surgen los domicilios del causante y la actora como así también el estado civil de la Sra. N. es “separada de hecho” y en el caso del Sr. G. era “conviviente”. Fundó
el derecho y ofreció prueba.
Con fecha 29/03/2021 el juzgado de primera instancia frente a la conexidad declarada entre los presentes autos con el Expte. N° 1434/2021 “G., A.A. c/ ANSES s/
Pensiones” ordenó la acumulación.
Ante tal escenario, se presentó la Sra. G. y se acompañaron las constancias del expediente administrativo con fecha 16/07/2021. Allí se observa documento de identidad de la Fecha de firma: 28/12/2023
Alta en sistema: 29/12/2023
Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: I.E.S., SECRETARIO DE CAMARA
Sra. Amada A.G. con domicilio en 17 agosto 249 –
Junín; acta de defunción del Sr. J.C.G. con fecha 01/11/2017 con domicilio en 17 de agosto 249 – Junín; documento de identidad del Sr. G. con domicilio en 17 de agosto 249
– Junín; resumen de datos registrados en la base de ANSES. A su vez, están las constancias del expediente n°
024-27-05186956-2-007-000004 donde se observa con fecha 14/10
2020 la resolución de ANSES que deniega la reapertura administrativa; recibos de pago de cuota de sepelio del Sr.
G. a nombre de la Sra. G.; recibo de pago de alquiler a nombre del Sr. J.C.G. y la Sra.
A.G. por períodos que van desde 2016 a 2017; recibo por transporte de mudanza con fecha 10/01/2008 a nombre del Sr.
G.J.C. al domicilio 17 de agosto 249 Junín;
solicitud de crédito a mueblería con fecha 08/05/2010 a nombre de G.A.A. con domicilio 17 de agosto 9 de julio *cas.249; factura de cablevisión a nombre del Sr. G. domicilio F.G.. Eustaquio 230 con fechas en 2019 y 2017;
contrato de locación del domicilio ubicado en Gral. Frías 230 a nombre del Sr. J.G. y la Sra. A.G. con fecha 08/12/2015; constancia de movimiento de afiliación de PAMI del Sr. G. con domicilio 17 de agosto n°249 con firma de la Sra. G. Amada con fecha 10/10/2014; formularios de prescripción de medicamentos firmados por la Sra. G. Amada; recetas a nombre del Sr. G. con fechas 02/12
2014-17/06/2016; recibo de MTEySS y ANSES donde figura como titular el Sr. G. y como apoderada la Sra. G. con fecha 18/07/2014; escrito ofreciendo prueba ante ANSES de la Sra. G. con fecha 22/01/2020.
En este contexto, se acompaña el dictamen jurídico con fecha 11/09/2018 referido a G.A.A.,
acreditación de convivencia donde se concluye que no surgen elementos suficientes que permitan tener por acreditada la convivencia por un período no menor de cinco años ininterrumpidos inmediatamente anteriores al fallecimiento.
Fecha de firma: 28/12/2023
Alta en sistema: 29/12/2023
Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: I.E.S., SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II
Asimismo se destaca que del ADP del causante surge en datos de las relaciones familiares-cónyuge-doña I.S.N. hasta 20/05/2013.
También se encuentran las actas de verificación ambiental con fecha 27/03/2018 en calle 27 de agosto N°270 Junin en observaciones se detalla que los testigos manifestaron que la pareja convivía en la casa de la esquina 17 de agosto y 9 de julio, que no tuvieron hijos y que estuvieron juntos habitando en forma permanente hasta que el causante falleció; otra de las actas en observaciones se lee que atento lo solicitado se visitó el domicilio informado, allí se consultó en Frías 235
(Sr. R.) quien manifestó conocer a la pareja desde hace 8
o 9 años quienes estuvieron juntos hasta el fallecimiento del Sr. J.C., otro testigo manifestó haber conocido a la pareja desde hace muchos años estima 8 aproximadamente y que la Sra. G. continuaba viviendo en el domicilio.
En otra de las actas se practicaron indagaciones para especificar si el causante convivió con su cónyuge I.S.N., el agente verificador informó que en las inmediaciones del domicilio de calle J.M. 69 de Junín,
vecinos tomados al azar respondieron sobre la convivencia de J.C.G. y la Sra. N., los testigos indicaron que conocen a la señora como vecina del barrio y esposa del Sr.
G., manifestaron que en la actualidad en el domicilio de José Mayo 69 habita la Sra. de G. y su hija que hace aproximadamente 38 años que estaban juntos, que tuvieron de 5 a 6 hijos, que el falleció porque estaba enfermo, declararon no ser familiares y ninguno de los entrevistados pudo confirmar si la relación se extendió hasta el fallecimiento. Se observa asimismo, dictamen jurídico con fecha viernes 01/06/2018 que aconsejan practicar indagaciones vecinales. Se adjunta copia de la historia clínica del Sr. G..
Por último, se encuentra la demanda iniciada por la Sra.
G.A.A. solicitando se revoque la resolución de ANSES y se ordene reconocer la convivencia previsional de la actora con el causante, ordenando otorgar la pensión atento la prueba ofrecida favorable.
Fecha de firma: 28/12/2023
Alta en sistema: 29/12/2023
Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: I.E.S., SECRETARIO DE CAMARA
Con fecha 26/08/2021 la demandada contestó el traslado reafirmando que no resulta fehacientemente acreditada la real convivencia en el tiempo previsto por ley por el período indicado antes del fallecimiento.
Se abrió el expediente a prueba y con fecha 01/12/2021
se acompañaron las copias digitalizadas del expediente administrativo n° 024-27-05267154-5-007-000001 iniciado por la Sra. N.. Allí se observa resumen de datos registrados en la base de ANSES al 03/05/2018; información de datos filiatorios del Sr. G. con detalle de la Sra. N. (cónyuge, inicio 15/11/1971 vigencia - 20/05/2013) y la Sra. G. (conviviente, inicio 26/05/2013 – 30/11/2017); solicitud de prestaciones previsionales; declaración jurada sobre la eventual percepción de prestaciones; nota al agente pagador sobre haberes impagos; consulta al R.U.B. del Sr. G.;
nota de la Sra. N. relatando que el hogar conyugal es José
Mayo N°69; certificado de discapacidad de fecha 04/11/2008;
factura de EDEN con fecha 20/12/2017 a nombre del causante del domicilio en calle M.J. 69; factura de servicios sanitarios a nombre del causante por el período 02/2018 del domicilio J. Mayo 69; constancia de pago de Asociación Mutual San Felipe del plan C – grupo familiar con los datos del causante y la Sra. N.; información del Administrador de personas sobre el Sr. G. donde figura información sumaria convivencia con la Sra. G. y declaración jurada separación hecho de la Sra. N.; providencia de fecha 23/05
A su vez, se encuentra el dictamen jurídico con fecha 12
09/2018 donde se resalta que del ADP del causante surge en los datos de la relaciones familiares cónyuge doña I.S.N. vigencia hasta el 20/05/2013 y conviviente doña A.A.G. inicio 28/05/2013 vigencia hasta 30/11/2017,
en este marco se indica que se solicitaron verificaciones ambientales y que se desprende de las manifestaciones de vecinos del domicilio J.M. 69 que ninguno de los entrevistados pudo confirmar si la relación se extendió hasta el fallecimiento; por ello el servicio jurídico concluyó que no se deducía que la actora reúna los requisitos para acceder al beneficio pretendido. Se encuentra la resolución de fecha 14/09
2018 que deniega el beneficio de pensión por fallecimiento de la Sra. N.. El procedimiento administrativo continuó con el recurso de reconsideración en el expediente administrativo Fecha de firma: 28/12/2023
Alta en sistema: 29/12/2023
Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: I.E.S., SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II
n°024-27-05267154-5-007-000002; donde se agrega la siguiente documentación: detalle del plan C – grupo familiar de la Asociación Mutual San Felipe cuyo titular es el Sr. G. figurando la Sra. N. como beneficiaria; datos del Banco Industrial con fecha agosto 2018 a nombre de Sr. G. con domicilio en J.M. 69; resumen de cuenta del Banco Industrial; detalle de factura de servicios sanitarios con fecha 01/2017 a nombre del causante con domicilio en J.M. 69; factura de E. a nombre del causante en domicilio Mayo J. 69 de fecha 06/10/2015 y fecha 04/02/2016; cedula de notificación de fallo a nombre de G.J.C. con domicilio en J.M.6.J.; registro de la situación prestacional ANSES de N.I.S.; consulta al R.U.B.
del Sr. G.J.C.; dictamen jurídico de fecha 17/05
2019; resolución de ANSES de fecha 2005/2019 donde se desestima la pensión derivada...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
