Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 4 de Octubre de 2017, expediente COM 010532/2015/CA001

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación ESTADO NACIONAL (MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS DE LA NACION) c/ PAPEL PRENSA S.A.I.C.F. Y DE M.

s/ORDINARIO Expediente N° 10532/2015 Juzgado N° 26 Secretaría N° 52 Buenos Aires, 4 de octubre de 2017.

Y VISTOS:

  1. Dado el estado de autos, corresponde que la Sala se pronuncie con relación al pedido -efectuado en los autos “Papel Prensa SA y otros c/Estado Nacional /ordinario” expediente N° 3905/11-, de que se declare abstracta la necesidad de dictar sentencia en varios de los procesos que tuvieron lugar entre las partes.

    A estos efectos cabe tener en consideración que todos los contendientes están de acuerdo en cuanto a que esa es la solución que debe adoptarse en esos USO OFICIAL supuestos.

    Este dato parece de por sí suficiente para sentenciar del modo en que se pide, dado que, al menos prima facie, no se advierte ninguna razón de orden público que obligue al Tribunal a apartarse de la aludida conformidad de los litigantes.

  2. Sin perjuicio de lo expuesto, es del caso señalar que de esas actuaciones surge que los accionistas de Papel Prensa SA, a los que se sumó en ciertos casos la Comisión Nacional del Valores, debatieron en varios expedientes -dentro de los cuales se encuentra el presente- cómo debía integrarse el directorio y otros órganos de esa sociedad, debate que generó, a su vez, diversas impugnaciones dirigidas contra decisiones que esos órganos societarios adoptaron con la participación o sin ella de quienes habían sido propuestos en cada caso como representantes de uno u otro de esos accionistas.

    Fecha de firma: 04/10/2017 Alta en sistema: 06/10/2017 ESTADO NACIONAL (MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS DE LA NACION) c/ PAPEL PRENSA S.A.I.C.F. Y Firmado por: VILLANUEVA - MACHIN (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), DE M. s/ORDINARIO Expediente N° 10532/2015 #26900178#185559033#20171003130748478 Mediante la asamblea celebrada el 19.10.2016 –realizada en ejecución de un previo acuerdo al que habían arribado las partes- fueron designadas nuevas autoridades, por lo que existe consenso hoy acerca de cómo deben integrarse los órganos en cuestión.

    De esto se deriva que no sólo han devenido abstractos los pronunciamientos requeridos acerca de cuál debía ser esa adecuada integración, sino también los vinculados con las impugnaciones que, con sustento en el vicio de composición que en cada caso se alegó, se plantearon contra las decisiones que se habían adoptado en el seno de esos órganos pretensamente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR