Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL, 23 de Abril de 2021, expediente FGR 021811/2018/CA001

Fecha de Resolución23 de Abril de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “Estado Nacional c/ G.R., E.J. s/

exclusión de tutela sindical” (FGR 21811/2018/CA1)

Juzgado Federal de General Roca General Roca, 23 de abril de 2021.

VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto por el demandado a fs.854/862 contra la sentencia dictada por esta cámara a fs.844/853, cuyo traslado fue contestado por la parte actora a fs.864/869;

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que como se encuentran reunidos los recaudos comunes a todo recurso judicial, corresponde examinar la concurrencia de los propios y formales del extraordinario federal a la luz de la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a partir de los precedentes “Strada” (Fallos, 308:490), “R.” (Fallos,

    310:1789) y “Cima” (Fallos, 310:2306), pues el recurrente invocó la existencia de cuestión federal dada la arbitrariedad en el fallo de esta cámara y, con ello, la afectación de garantías constitucionales.

  2. ) Que la sentencia de fs.844/856, recurrida por la vía del recurso extraordinario, admitió la apelación interpuesta a fs.823 por el actor y revocó la decisión de la instancia de grado de fs.818/822. En consecuencia, hizo lugar a la acción de exclusión de tutela sindical promovida por el Estado Nacional contra el Sr. E.J.G.R. a los fines de que se le apliquen las sanciones fijadas en las Resoluciones n° 34-S/17, 36-S/17

    y 38-S/17 de esta Cámara(prevención, apercibimiento y multa del 10% de la remuneración total del período en que se aplique), impuso las costas de ambas instancias al Fecha de firma: 23/04/2021

    Firmado por: M.C.P., JUEZ FEDERAL

    Firmado por: E.B., Secretaria de cámara Firmado por: M.S.D., JUEZ FEDERAL —1—

    Firmado por: G.J.Z., JUEZ FEDERAL SUBROGANTE

    demandado perdidoso y reguló los honorarios de los letrados intervinientes.

  3. ) Que en sustento de la existencia de cuestión federal para habilitar la instancia extraordinaria,

    sostuvo el recurrente que este Tribunal rechazó el derecho que esa parte esgrimió afirmándose en normas de carácter federal –que no precisó- y que, para arribar a esa solución denegatoria de su derecho, esta Cámara incurrió

    en un grado de arbitrariedad que calificó de “grosero” en razón de haberse sustentado en “una absurda interpretación de los institutos procesales involucrados”.

    Se refirió luego al alcance de la decisión a la que arribó el juez de primera instancia, explicando que ella se sustentó en el control de oficio...

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