Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 5 de Marzo de 2015, expediente CAF 001417/2013/CA001

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II Causa 1417/2013 LA NACION SA c/ EN s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, 5 de marzo de 2015.-

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I.-Que, a fs. 978, el Sr. Juez de primera instancia resolvió diferir el tratamiento de la falta de legitimación pasiva para el momento del dictado de la sentencia definitiva y rechazó las excepciones de falta de causa y litispendencia opuestas por la demandada. Asimismo, impuso las costas a la vencida.

II.-Que, disconforme con el rechazo de las excepciones, apeló el Estado Nacional a fs. 979 y expresó sus agravios a fs. 981/986, los que fueron contestados por la contraria a fs. 988/1002.

La recurrente argumentó -en relación al rechazo de la excepción de falta de causa- que la resolución recurrida omitió considerar el argumento expuesto con base en la inexistencia de ley, decreto o reglamento que establezca los porcentajes de publicidad oficial que la Administración Pública deba otorgar a cada medio de comunicación, y ello se debe a que dicha decisión se encuentra en la zona de reserva del Poder Ejecutivo Nacional, representando una cuestión que -en su modo de ver- resulta claramente de oportunidad, mérito y conveniencia. En este sentido, consideró que los criterios utilizados por su representada son los de desconcentración, federalización y subsidiariedad, los cuales surgen de la declaración de principios sobre libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Aseveró que la actora “La Nación S.A.” en todos los años en cuestión (2011, 2012, 2013 y 2014) recibió publicidad oficial en cantidad superior al promedio de publicidad de los distintos proveedores de medios gráficos, con un total de $ 4.459.161,77 contra $ 323.118,20 del resto de los medios.

Expuso que admitir la posibilidad de revisar judicialmente la oportunidad, mérito o conveniencia de la asignación de publicidad oficial, importaría una clara intromisión del Poder Judicial en la esfera del Poder Ejecutivo.

Expresó que la accionante no demostró ni invocó cual es el perjuicio patrimonial efectivo que le provocaría el actuar del Estado.

Fecha de firma: 05/03/2015 Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA [1]

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II Causa 1417/2013 LA NACION SA c/ EN s/DAÑOS Y PERJUICIOS Respecto del rechazo de la excepción de litispendencia, expuso que el objeto del proceso de amparo (Causa Nº 1.416/2013) consiste en la publicidad oficial y la declaración de ilegitimidad de la conducta del Poder Ejecutivo Nacional, solicitando mayor cantidad de pautas oficiales, y en coincidencia con ello, en estos autos también el objeto atañe a la pauta oficial y la declaración de ilegitimidad del actuar del Estado Nacional, buscando con ello el resarcimiento correspondiente.

Afirmó que se configuró la concurrencia de la triple identidad (“sujeto”, “objeto” y “causa”) entre ambos procesos, lo que evidencia la posibilidad de fallos contradictorios, en cuyo caso la solución es la acumulación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR