Resolución N° 713. Se modifica la denominación y alcance de títulos y carreras de formación docente

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición25 de Julio de 2014
CÓRDOBA, 6 de agosto de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCV - Nº 128 Primera Sección
1ª
AÑO CI - TOMO DXCV - Nº 128
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 6 DE AGOSTO DE 2014
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LEGISLACIÓN - NORMATIVAS
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Obra: Rehabilitación y mantenimiento de
caminos turísticos en Región Calamuchita
PODER
EJECUTIVO
Decreto N° 571 Córdoba, 4 de Junio de 2014
VISTO: el expediente N° 0045-016673/2013, del registro de
la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección propone por
Resolución Nº 229/14 se autorice el llamado a Licitación Pública
para contratar la ejecución de los trabajos de la obra:
“REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CAMINOS
PAVIMENTADOS TURÍSTICOS DE LA REGIÓN DE
CALAMUCHITA - DEPARTAMENTOS: CALAMUCHITA -
SANTA MARÍA - TERCERO ARRIBA - RÍO CUARTO”, cuyo
Presupuesto Oficial asciende a la suma de $ 79.835.338,00.
Que la citada Dirección ha procedido a aprobar la
correspondiente documentación base del llamado, como asimismo
su Presupuesto Oficial, todo en cumplimiento de las
disposiciones del artículo 1º del Decreto Nº 4757/77,
Reglamentario de la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y artículo
2º del Pliego General de Condiciones, aprobado por Decreto Nº
4758/77.
Que se acompaña, Memoria Descriptiva del proyecto, Pliego
Particular de Condiciones con sus anexos, Pliego Particular de
Especificaciones Técnicas, Cómputo Métrico y Presupuesto
Oficial, referidos a la obra de que se trata, previendo el plazo
para la ejecución total establecido en veinticuatro meses.
Que al respecto previo a la fijación del llamado y venta de
Pliegos, deberá desde el área de origen, adecuarse el Pliego
Particular de Condiciones en relación a los artículos 2º, 3º y 17º
reemplazando las citas de las leyes Nros. 10.116 y 7631 por las
actualmente vigentes Nros. 10.176 10.155 (Decreto
Reglamentario Nº 305/14), así como incorporarse cita del Decreto
Nº 1133/10 (Cfr. Dto. 1231/10), al cual deberán adaptarse las
pautas del artículo 17º del citado Pliego.
Que se ha realizado la afectación preventiva del gasto de
conformidad con el Documento Contable-Nota de Pedido Nº
2014/000624 para afrontar los gastos correspondientes a
publicidad.Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa citada,
lo dispuesto por la Ley Nº 5901, t.o. Ley Nº 6300 y modificatorias,
lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales
del Ministerio de Infraestructura con el Nº 197/14, por Fiscalía de
Estado bajo el Nº 361/2014 y en uso de sus atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE el llamado a Licitación Pública
para contratar la ejecución de los trabajos de la obra:
“REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CAMINOS
PAVIMENTADOS TURÍSTICOS DE LA REGIÓN DE
CALAMUCHITA - DEPARTAMENTOS: CALAMUCHITA -
SANTA MARÍA - TERCERO ARRIBA - RÍO CUARTO”, , cuyo
Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS SETENTA
Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO
MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO ($ 79.835.338,00).
ARTÍCULO 2º.- IMPUTASE el egreso que asciende a la suma
de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS
TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO
($79.835.338,00), conforme lo indica Documento de Contable-
Nota de Pedido Nº 2014/000556, de acuerdo al siguiente detalle:
la suma de Pesos Veinte Millones ($20.000.000) a Jurisdicción
1.50, Programa 527-000, Partidas: 12.06.00.00 y la suma de
Pesos Cincuenta y Nueve Millones Ochocientos Treinta y Cinco
Mil Trescientos Treinta y Ocho a Importe Futuro Año 2015.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE a la Dirección Provincial de
Vialidad, para que proceda a fijar la fecha de la Licitación Pública,
en los términos que técnicamente estime conveniente, adecuando
previamente el Pliego Particular de Condiciones de acuerdo a lo
señalado en los fundamentos del presente instrumento legal,
debiendo asimismo determinar lugar y hora de apertura de
sobres.
ARTÍCULO 4º.- IMPÚTANSE los gastos que demande la
publicidad que ascienden a la suma de PESOS DIEZ MIL
TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 10.387,00), conforme
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MINISTERIO DE
EDUCACN
Resolución N° 713 Córdoba, 25 de Julio de 2014
VISTO: El Expediente N° 0623-119852/2014 del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 en su parte
pertinente, las Resoluciones Nros. 24/07 y 74/08 del Consejo
Federal de Educación, y las Resoluciones Nros. 91/01; 628/08,
290/09, 566/09, 133/14, 663/09, 10/10, 94/11; 752/11; 147/13;
96/14; 129/14; 130/14; 131/14; 132/14; 134/14; 135/14; y 189/
14; todas emanadas de este Ministerio, regulan lo referido a
planes de estudios de las carreras, sus denominaciones, los
títulos y sus alcances de los Institutos Superiores de Formación
Docente.
Que la Dirección General de Educación Superior, propicia en
autos las adecuaciones de títulos de acuerdo a lo resuelto por el
Consejo Federal de Educación y la implementación de las
carreras de formación docente para las cohortes 2013 y 2014.
Que se hace necesario adecuar las denominaciones de los
títulos y su alcance para aquellas carreras de formación docente
que actualmente ofertan los Institutos Superiores de Formación
Docente en la Provincia de Córdoba, a lo establecido en la
Resolución 74/08 del Consejo Federal de Educación.
Que el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 144/08 otorgó
validez nacional a estas titulaciones hasta la cohorte 2008.
Que la Resolución N° 73/08 del Consejo Federal de Educación,
en su Anexo I determinó que debe haber “Coincidencia o
equivalencia de los títulos que [se] emitan con los acordados
federalmente en el apartado “Nominaciones de Títulos” de la
Resolución CFE Nº 24/07 y/o sus complementarias y/o
modificatorias que establezca el Consejo Federal de Educación”
Que la Resolución N° 74/08 del Consejo Federal de Educación,
en su Anexo I establece la denominación y alcance de los títulos
de Formación Docente válidos en todo el territorio nacional.
Que es necesario autorizar, para las cohortes 2012; 2013 y
COHORTES 2013 Y 2014
Se modifica la denominación
y alcance de títulos y carreras
de formación docente
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