Resolución N° 528-Hyf

EmisorMrio. de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición12 de Diciembre de 2013

RESOLUCIÓN N° 528-HyF

Mendoza, 12 de diciembre de 2013

Visto el expediente N° 01740-M-13-01027 (constante de dos (2) cuerpos); y

CONSIDERANDO:

Que dentro de las facultades delegadas al señor Ministro de Hacienda y Finanzas por el Artículo 5° del Decreto N° 449/13, se encuentra la facultad de suscribir, emitir, aprobar y de ser necesario ratificar, todos los convenios, documentos e instrumentos necesarios para la implementación de la operatoria; a determinar los términos y condiciones definitivos de los documentos de la operatoria; a negociar, modificar y aprobar en cuanto fuere necesario el texto de los documentos y todos los demás instrumentos que fueren necesarios para la implementación de la operatoria; a adoptar todas las medidas, disposiciones y/o normas complementarias, aclaratorias e interpretativas de la documentación de la operatoria y de toda aquella que en el futuro se acuerde y a resolver sin más trámite cualquier cuestión que fuere necesaria para la implementación de la misma.

Que en ese marco, se han elaborado los siguientes documentos cuyo contenido tiene por finalidad definir los términos y condiciones e implementar la operatoria de emisión de los Títulos de Deuda bajo el Programa y sus correspondientes garantías (los "Modelos de Documentos"): (a) el Modelo de Contrato de Colocación de la Clase III de los Títulos de Deuda a ser emitidos bajo el Programa; (b) el Modelo de Contrato de Fideicomiso con fines de garantía en relación con la Clase III de los Títulos de Deuda; c) el Prospecto del Programa Emisión de Títulos de Deuda; (d) el Suplemento de Prospecto preliminar correspondiente a la Clase III de Títulos de Deuda y (e) el Modelo de Certificado Global correspondiente a la Clase III de los Títulos de Deuda.

Que en el expediente de referencia, consta informe de la Dirección General de la Deuda Pública, sobre aspectos sustanciales y técnicos correspondientes a los Modelos de Documentos, concluyendo que los mismos contienen y respetan las condiciones y características de la propuesta formulada por Nación Bursátil y los parámetros de mercado propios para este tipo de transacciones.

Que los Modelos de Documentos resultan ajustados a derecho, sin que existan obstáculos legales que impidan su aceptación por parte de la Provincia.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 5° del Decreto N° 449/13, lo informado por la Dirección General de la Deuda Pública a fs. 163/164, y...

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