Resolución N° 2. Se establece valor de la Unidad Fija de Multa (UF)

EmisorSecretaría de Seguridad
Fecha de la disposición10 de Abril de 2014
CÓRDOBA, 11 de abril de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCI - Nº 50 Primera Sección
1ª
AÑO CI - TOMO DXCI - Nº 50
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 11 DE ABRIL DE 2014
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
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Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Se establece valor de la Unidad Fija de Multa (UF)
Resolución N° 2 Córdoba, 10 de Abril de 2014
VISTO: Lo establecido por la Ley Provincial de Tránsito N°8560
T.O. 2004.
Y CONSIDERANDO:
Que la Resolución 014/2010 de la Dirección de Prevención de
Accidentes de Tránsito determina el mecanismo por el cual se
establecerá el valor de la Unidad Fija de multa (UF), que se
aplica a las infracciones a la Ley Provincial de Tránsito N° 8560
(T.O. 2004) en la jurisdicción provincial.
Que el valor de Unidad Fija de multa (UF) será equivalente al
precio de la nafta especial (de mayor octanaje) que fije el Automóvil
Club Argentino de la Ciudad de Córdoba y que será consultado
los días cinco (05) de cada mes.
Que mediante Acta N° 47/2014 labrada con fecha 5 de Abril del
corriente año se ha determinado que el precio de la nafta espe-
cial (de mayor octanaje) del Automóvil Club Argentino de la Ciudad
de Córdoba ha sufrido variaciones, por lo que corresponde
dictar el instrumento legal pertinente.
Por ello, en virtud de lo dispuesto mediante Resoluciones N°
006/2008 y 014/2010 de la Dirección de Prevención de
Accidentes de Tránsito, lo dictaminado por la Asesoría Letrada
de dicha Dirección bajo el N° 019/2014, y en ejercicio de sus
atribuciones;
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°: ESTABLECER que el valor de la Unidad Fija
de Multa (UF) por infracciones de tránsito en la jurisdicción pro-
vincial asciende a la suma de Pesos Doce con Novecientos
Milésimos ($ 12,900).
ARTICULO 2°: DISPONER que el período de vigencia del
valor de la Unidad Fija de Multa (UF) establecido
precedentemente, se extenderá desde el 15 de Abril de 2014 y
SECRETARIA DE
SEGURIDAD
regirá hasta que se determine un nuevo precio mediante la
resolución respectiva.
ARTICULO 3°: ARCHIVAR el Acta de Constatación N° 047/
2014 de fecha 05 de Abril de 2014.
ARTICULO 4°: DISPONER que a través de la Jefatura de
Área Administrativa de la Dirección de Prevención de Accidentes
de Tránsito, se proceda a notificar la presente a la Dirección de
Jurisdicción de Sistemas del Ministerio de Gobierno y Seguridad,
a la Dirección General de Policía Caminera, y a los Juzgados de
Faltas de Transito.
ARTICULO 5°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese y
publíquese en el Boletín Oficial.
DR. MATÍAS PUEYRREDÓN
SECRETARIO DE SEGURIDAD
MINISTERIO DE
FINANZAS
Resolución N° 52 Córdoba, 20 de Marzo de 2014
VISTO: El expediente Nº 0027-052698/2014, por el que se propicia la formalización de
compensaciones de Recursos Financieros, asignados por el Presupuesto General de la
Administración Provincial vigente - Ley Nº 10176.
Y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 1966/09, modificatorio del Artículo 31 del Anexo
I del Decreto Nº 150/04, se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones
de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas
entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción adecuando los montos, fuentes
de financiamiento, plazos, alcance y toda otra que corresponda en los Proyectos de Inversión
incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificaciones que se
dispongan durante su ejecución.
Que asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas modificaciones mediante el
dictado de una Resolución mensual.
Que en el mes de febrero de 2014 este Ministerio autorizó las Compensaciones N° 1 a 6
correspondientes a la Jurisdicción 115- Ministerio de Finanzas- y N° 1 a la Jurisdicción 1.70 -Gastos
Generales de la Administración-, conforme con el Reporte SUAF Documento de Autorización de
Modificación de Crédito Presupuestario, suscripto por la Directora General de Administración de este
Ministerio.
Que las modificaciones efectuadas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo
con lo dispuesto por los artículos 31 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de
este Ministerio al Nº 082/2014,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- FORMALIZAR las compensaciones de Recursos Financieros del Presupuesto Gene
ral de la Administración Provincial, correspondientes al mes de febrero de 2014 detalladas en el Reporte
SUAF Documento de Autorización de Modificación de Crédito Presupuestario, suscripto por la Directora
General de Administración de este Ministerio, el que como Anexo I con dos (2) fojas útiles, forma parte
integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a
Contaduría General de la Provincia, a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas,
comuníquese a la Legislatura, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
INFRACCIONES DE TRANSITO

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