Resolución N° 83

EmisorDirección general de catastro
Fecha de la disposición21 de Agosto de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCV - Nº 141 CÓRDOBA, 26 de agosto de 20144
Localidad de Freyre, Provincia de Córdoba, en relación a las parcelas que se detallan en el listado
anexo.
ARTÍCULO 2º.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCÍA
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/dgc_r80.pdf
Resolución N° 83
Córdoba, 21 de Agosto de 2014
Expte. N° 0033-089920/2014.-
VISTO lo informado por el Área Tecnología Informática respecto a la necesidad de incorporar en
la Base de Datos las mejoras detectadas en las parcelas que se detallan en el listado Anexo, con
motivo de la interpretación de imágenes satelitales Quick Bird del año 2011 en la Localidad de
Córdoba, Provincia de Córdoba;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el análisis de dichas imágenes se ha podido verificar que existe diferencia entre las
mejoras incorporadas en la Base de Datos con las que surgen en las mismas;
Que por ello, con el objeto de garantizar los principios de legalidad, equidad y capacidad contributiva
en la percepción del impuesto inmobiliario, consagrados en el Art. 71 de la Constitución de la
Provincia de Córdoba, en ejercicio de la facultad conferida a esta Dirección por artículo 10 bis de la
Ley N° 5057, y de conformidad al artículo 137 del Código Tributario (Ley 6006 T. O.), corresponde
disponer la incorporación a los Registros Catastrales de las mejoras detectadas, a fin de que impacte
en la valuación de dichos inmuebles y consecuentemente en la Base Imponible.
Que asimismo, atento que las imágenes referidas datan del año 2011, corresponde asignarles la
vigencia establecida en el art. 25 de la Ley N° 5057, a partir de 1° de Enero del 2012;
Que el procedimiento imple-mentado no exime al contribuyente del cumplimiento de la obligación
de denunciar cualquier cambio que pueda modificar la valuación de sus inmuebles (artículo 45
inciso “c” de la Ley 5057);
Atento lo manifestado, dispositivos legales citados, lo dispuesto por el Decreto 1443/02 y sus
prórrogas, y las facultades acordadas a esta Dirección por la Ley N° 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Incorporar a los registros catastrales con la vigencia a partir del 1° de Enero del
año 2012, las mejoras detectadas como resultado de la interpretación de imágenes satelitales de la
Localidad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en relación a las parcelas que se detallan en el listado
anexo.
ARTÍCULO 2º.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCÍA
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/dgc_r83.pdf
Resolución N° 82 Córdoba, 21 de Agosto de 2014
Expte. N° 0033-089921/2014
VISTO lo informado por el Área Tecnología Informática respecto a la necesidad de incorporar en
la Base de Datos las mejoras detectadas en las parcelas que se detallan en el listado Anexo, con
motivo de la interpretación de imágenes satelitales Quick Bird del año 2011 en la Localidad de
Córdoba;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el análisis de dichas imágenes se ha podido verificar la existencia de mejoras sobre
parcelas que se encuentran registradas como Baldíos en la Base de Datos.
Que por ello, con el objeto de garantizar los principios de legalidad, equidad y capacidad contributiva
en la percepción del impuesto inmobiliario, consagrados en el Art. 71 de la Constitución de la
Provincia de Córdoba, en ejercicio de la facultad conferida a esta Dirección por artículo 10 bis de la
Ley N° 5057, y de conformidad al artículo 137 del Código Tributario (Ley 6006 T. O.), corresponde
disponer la incorporación a los Registros Catastrales de las mejoras detectadas, a fin de que impacte
en la valuación de dichos inmuebles y consecuentemente en la Base Imponible.
Que asimismo, atento que las imágenes referidas datan del año 2011, corresponde asignarles la
vigencia establecida en el art. 25 de la Ley N° 5057, a partir de 1° de Enero de 2012.
Que el procedimiento imple-mentado no exime al contribuyente del cumplimiento de la obligación
de denunciar cualquier cambio que pueda modificar la valuación de sus inmuebles (artículo 45
inciso “c” de la Ley 5057).
Atento lo manifestado, dispositivos legales citados, lo dispuesto por el Decreto 1443/02 y sus
prórrogas, y las facultades acordadas a esta Dirección por la Ley N° 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Incorporar a los registros catastrales con la vigencia a partir del 1° de Enero del
año 2012, las mejoras detectadas como resultado de la interpretación de imágenes satelitales de la
Localidad de Córdoba, en relación a las parcelas que se detallan en el listado anexo.
ARTÍCULO 2º.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCÍA
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/dgc_r82.pdf
Resolución N° 79
Córdoba, 21 de Agosto de 2014
Expte. N° 0033-088132/2014
VISTO lo informado por el Área Tecnología Informática respecto a la necesidad de incorporar en
la Base de Datos las mejoras detectadas en las parcelas que se detallan en el listado Anexo, con
motivo de la interpretación de imágenes satelitales Quick Bird del año 2012 en la Localidad de Freyre
- Provincia de Córdoba;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el análisis de dichas imágenes se ha podido verificar la existencia de mejoras
sobre parcelas que se encuentran registradas como Baldíos en la Base de Datos.
Que por ello, con el objeto de garantizar los principios de legalidad, equidad y capacidad
contributiva en la percepción del impuesto inmobiliario, consagrados en el Art. 71 de la
Constitución de la Provincia de Córdoba, en ejercicio de la facultad conferida a esta Dirección
por artículo 10 bis de la Ley N° 5057, y de conformidad al artículo 137 del Código Tributario
(Ley 6006 T. O.), corresponde disponer la incorporación a los Registros Catastrales de las
mejoras detectadas, a fin de que impacte en la valuación de dichos inmuebles y
consecuentemente en la Base Imponible.
Que asimismo, atento que las imágenes referidas datan del año 2012, corresponde asignarles
la vigencia establecida en el art. 25 de la Ley N° 5057, a partir de 1° de Enero de 2013.
Que el procedimiento imple-mentado no exime al contribuyente del cumplimiento de la obligación
de denunciar cualquier cambio que pueda modificar la valuación de sus inmuebles
Atento lo manifestado, dispositivos legales citados, lo dispuesto por el Decreto 1443/02 y sus
prórrogas, y las facultades acordadas a esta Dirección por la Ley N° 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Incorporar a los registros catastrales con la vigencia a partir del 1° de Enero del
año 2013, las mejoras detectadas como resultado de la interpretación de imágenes satelitales de la
Localidad de Freyre - Provincia de Córdoba, en relación a las parcelas que se detallan en el listado
anexo.
ARTÍCULO 2º.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCÍA
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO

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