Resolución N° 781

EmisorSecretaría de obras públicas
Fecha de la disposición 4 de Noviembre de 2013
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO C - TOMO DLXXXVI - Nº 194 CÓRDOBA, 6 de noviembre de 20132
Decreto N° 1212
Córdoba, 24 de octubre de 2013
VISTO: el Expediente Letra “C”- Nº 1/13,
Registro del Tribunal de Disciplina Notarial.
Y CONSIDERANDO:
Que, en las presentes actuaciones la Escribana
Ana María CABRAL, Titular del Registro Notarial
Nº 322 con asiento en la localidad de Berrotarán,
Departamento Río Cuarto, propone como Adscripta
a la Escribana Cristina del Valle CABRAL, Matrícula
Profesional Nº 2099;
Que, obra la petición de la Escribana Titular y la
conformidad de la propuesta como adscripta,
adjuntándose sus datos personales y profesionales.
Que, el Tribunal de Disciplina Notarial informa
que la Escribano Ana María CABRAL es titular del
Registro Notarial Nº 322, con asiento en la Localidad
de Berrotarán, Departamento Río Cuarto, pres-
tando juramento de Ley el dia 22 de junio de 1989
y continuando en ejercicio de sus funciones hasta
el día de la fecha y no tiene adscrito, en tanto la
Escribana Cristina del Valle CABRAL no es titular
ni adscripta de ningún Registro Notarial.
Que, se pronuncia en forma favorable a lo ges-
tionado, el Colegio de Escribanos de la Provincia
de Córdoba, haciendo lo propio el Tribunal de
Disciplina Notarial.
Por ello, lo dispuesto por los artículos 17, 25, 26
y concordantes de la Ley Orgánica Notarial Nº
4183 y sus modificatorias, artículos 43, 44, 50 y 51
del Decreto Reglamentario Nº 2259/75, y lo
dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales
del Ministerio Jefatura de Gabinete con el N° 0592/
2013 y por la Fiscalía de Estado bajo el N° 866/
13; y en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- DESÍGNASE a la Escribana
Cristina del Valle CABRAL (D.N.I. N° 28.269.026
- Clase 1980), Matrícula Profesional Nº 2099,
Adscripta al Registro Notarial Nº 322 con asiento
en la localidad de Berrotarán, Departamento Río
Cuarto, de la Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refren-
dado por los señores Ministro Jefe de Gabinete y
Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuní-
quese, dése intervención al Tribunal de Disciplina
Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia
de Córdoba, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DR. OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
MINISTRO JEFE DE GABINETE
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO
JEFATURA de GABINETE
Resolución N° 781 Córdoba, 4 de noviembre de 2013
VISTO: El Expediente N° 0423-102727/2013, registro del Ministerio
Jefatura de Gabinete, en el que se tramita el reconocimiento e
inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención
Integral de Barrio Residencial Sud de la Ciudad de Córdoba.
Y CONSIDERANDO: Que, obra en estas actuaciones el Acta
Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente
suscripta por vecinos e instituciones de Barrio Residencial Sud.
Que, lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 5º ap. III
y 13 de la Ley Nº 9235 y la Resolución Nº 03/2009 del ex Ministerio
de Gobierno.
Que, por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer
la Junta Constitutiva y ordenar su inscripción en el “Registro de
Juntas de Participación Ciudadana de Prevención Integral para la
Ciudad de Córdoba y Gran Córdoba” constituido en la Resolución
Nº 044/2013 de esta cartera.
Que, en el marco de la ley de Seguridad Pública, las Juntas de
Participación Ciudadana, como auxiliares del Sistema Provincial de
Seguridad Pública, se constituyen como ámbito de encuentro
comunitario donde se desarrollarán los programas, sub-programas,
proyectos y actividades que garanticen el cumplimiento del Plan
Estratégico Provincial para la prevención integral, debiendo atender
las específicas problemáticas locales y/o regionales, enmarcadas
en el irrestricto respeto por los derechos humanos y el estado de
derecho.
Por ello, las previsiones de los artículos 5º ap. III, y 13 de la Ley Nº
9235, lo dispuesto en los artículos 18 inc. 8 ap. d) y 11 del Decreto
Nº 2565, modificado por Decreto Nº 674/12, ratificado por Ley Nº
10140 y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción Asuntos
Legales del Ministerio Jefatura de Gabinete bajo el N° 0634/13.
EL MINISTRO JEFE DE GABINETE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación
Ciudadana para la Prevención Integral de Barrio Residencial Sud
de la Ciudad de Córdoba y por DESIGNADAS a la señora Sandra
Cristina del Luján SOTOMAYOR (D.N.I. 21.756.680) y la señora
Laura Sofía ZALAZAR (D.N.I. 31.056.588) como Coordinadora y
Coordinadora Suplente, respectivamente.
ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro de Juntas de
Participación Ciudadana de Prevención Integral para la Ciudad de
Córdoba y Gran Córdoba de la Secretaría de Participación
Ciudadana de este Ministerio.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
MINISTRO JEFE DE GABINETE
Resolución N° 780 Córdoba, 4 de noviembre de 2013
VISTO: El Expediente N° 0423-102596/2013, registro del
Ministerio Jefatura de Gabinete, en el que se tramita la renovación
de autoridades -Coordinador y Coordinador Suplente- de la Junta
de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de Barrio
Zona Rural Norte (Villa Esquiú, Villa Retiro, San Ramón, El
Quebrachal, Villa Gran Parque y El Gateado) de la Ciudad de
Córdoba.
Y CONSIDERANDO: Que, obra en estas actuaciones el Acta de
Renovación de Autoridades de la Junta de Participación Ciudadana
debidamente suscripta por vecinos del Barrio Zona Rural Norte
(Villa Esquiú, Villa Retiro, San Ramón, El Quebrachal, Villa Gran
Parque y El Gateado).
Que, lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 5º ap.
III, 12, 13 y 14 de la Ley Nº 9235 y los artículos 4º inc. a) y 10 inc.
a) de la Resolución Nº 03/2009 del ex Ministerio de Gobierno.
Que, el Director de Delegaciones Regionales de la Secretaría de
Participación Ciudadana informa que la Junta peticionante fue
reconocida mediante Resolución Nº 27/06 del ex Ministerio de
Gobierno.
Que, se incorporan planillas con datos personales de los
integrantes de la Junta y del Coordinador y Coordinador Suplente
propuestos.
Por ello, las previsiones de los artículos 5º ap. III, 12, 13 y 14 de
la Ley Nº 9235, lo dispuesto en los artículos 18 inc. 8 ap. d) y 11 del
Decreto Nº 2565, modificado por Decreto Nº 674/12, ratificado por
Ley Nº 10140 y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción
Asuntos Legales del Ministerio Jefatura de Gabinete bajo el N°
0632/13.
EL MINISTRO JEFE DE GABINETE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE la renovación de autoridades de
la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de
Barrio Zona Rural Norte (Villa Esquiú, Villa Retiro, San Ramón, El
Quebrachal, Villa Gran Parque y El Gateado) de la Ciudad de
Córdoba y, DESÍGNASE al señor Sergio Alejandro BRIZUELA
(D.N.I. 14.969.355) y al señor Héctor Marino SCHOLLES (D.N.I.
8.549.196) como Coordinador y Coordinador Suplente,
respectivamente.
ARTÍCULO 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
MINISTRO JEFE DE GABINETE
DIRECCIÓN GENERAL DE
ARQUITECURA
Resolución N° 588 Córdoba, 15 de agosto de 2013
Expte. N* 0047-014896/2010 - Ref. Nº 20.-
VISTO este Referente en el que a fs. 3 mediante Nota de fecha 01
de Agosto de 2013, la Empresa AMG OBRAS CIVILES S.A.,
Contratista de la Obra: “CENTRO DE INTERPRETACIÓN DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA - CONSTRUCCION EDIFICIO,
ARCHIVO HISTORICO, FARO Y ESPACIO EXTERIOR, con
mantenimiento de ascensor y espacios verdes, ubicada en Avda.
Poeta Lugones S/Nº - Ciudad de Córdoba - Departamento Capital -
Provincia de Córdoba”, solicita sustituir el Fondo de Reparo retenido
de los Certificados Nros. 3 y 4 de Variaciones de Costos, emitidos
oportunamente, para lo cual adjunta Póliza Nro. 907.285 (fs. 4/5),
expedida por ASEGURADORES DE CAUCIONES S.A. COMPAÑÍA
DE SEGUROS, por la suma de $ 106.712,18.;
Y CONSIDERANDO: Que a fs. 08 la Jefatura de Área de
Inspecciones y Certificaciones, produce informe manifestando que
correspondería el dictado de la Resolución que autorice la sustitución
aludida, hasta el monto indicado en la Póliza antes mencionada;
Que a fs. 09 se expide División Jurídica mediante Dictamen N* 496/
2012 expresando que, atento las constancias de autos, lo establecido
en los Arts. 22 y 59 de la Ley de Obras Públicas 8614 y Art. 107 del
P.G.C. (Decreto 4758/77), puede el Sr. Director en uso de las facultades
que le confiere el Dcto. 2773/11, dictar Resolución autorizando la
sustitución de que se trata conforme lo propiciado a fs. 08 por División
Certificaciones, debiendo reservarse el original de la Póliza, e
incorporando al presente fotocopia autenticada de la misma;
ATENTO ELLO,
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
RESUELVE:
ARTICULO 1º: AUTORIZAR a la Empresa AMG OBRAS CIVILES
S.A., a sustituir el Fondo de Reparo retenido de los Certificados Nros.
3 y 4 de Variaciones de Costos de la obra: “CENTRO DE
INTERPRETACIÓN DE LA PROVINCIA DE CORDOBA -
CONSTRUCCION EDIFICIO, ARCHIVO HISTORICO, FARO Y
ESPACIO EXTERIOR, con mantenimiento de ascensor y espacios
verdes, ubicada en Avda. Poeta Lugones S/Nº - Ciudad de Córdoba
- Departamento Capital - Provincia de Córdoba”, por Póliza de Seguro
de Caución en Garantía de sustitución de Fondo de Reparo Nro.

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