Resolución N° 767

EmisorDirección general de arquitectura
Fecha de la disposición18 de Octubre de 2013
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIV - Nº 117 CÓRDOBA, 22 de julio de 20148
Precios, suscripta entre el Señor Director General de Arquitectura
y la Empresa TETRA S.R.L., con fecha 19/02/2014;
ATENTO ELLO
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- APROBAR el Acta Acuerdo por Redeter-
minación de Precios por Variaciónes de Costos, correspondiente
a los meses de AGOSTO/2013 - DICIEMBRE/2013, de la obra:
“Reparaciones varias en el Complejo Cultural TEATRO REAL -
B° Centro - Córdoba - Departamento Capital”, suscripta entre el
Señor Director General de Arquitectura y la Empresa TETRA
S.R.L.,obrante a fs.31/34, la que a los efectos pertinentes forma
parte de la presente Resolución como Anexo I, compuesta de
CUATRO (4) fojas y consecuentemente autorizar la inversión de
la suma de PESOS CIENTO NUEVE MIL VEINTICINCO CON
CATORCE CENTAVOS ($ 109.025,14.-), para atender la
diferencia a abonar por dicho concepto a la mencionada
Empresa, conforme las razones expresadas en considerando
que se dan por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2º.- IMPUTAR el egreso conforme lo indica la Direc-
ción de Administración del Ministerio de Infraestructura en Nota de
Pedido Nº 2014/000269 (fs.37) - Programa 506-007 - PARTIDAS
12.06.00.00 - Obras Ejecución por Terceros del P.V.-
ARTICULO 3°.- PROTOCOLICESE, Intervenga Dirección de
Administración del Ministerio de Infraestructura, tome razón el
Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese en el
Boletín Oficial y PASE a Jefatura de Área de Inspecciones y
Certificaciones, a sus efectos.-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_10_r214.pdf
Resolución N° 767
Córdoba, 18 de octubre de 2013
Expte. N* 0047-000549/2012 - Ref. Nº 2
VISTO este Referente en el que a fs. 3 mediante Nota de fecha
31 de Mayo de 2013 la Empresa ARVOX S.R.L. contratista de la
obra: “Cerramiento en caja de escalera, colocación tejido en
alcones de Planta Alta, reparación de juntas estructurales y cubierta
de techos, reparaciones varia e instalación eléctrica del edificio
que ocupa el I.P.E.M. N° 346, ubicado en calle Bolivia esq.
Américo Aguilera - B° Parque Casino de la localidad de Alta
Gracia - Departamento Santa María - Provincia de Córdoba”,
solicita Redeterminación de Precios de la mencionada obra en el
marco de las disposiciones del Decreto N° 1133/10 rectificado
por su similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 4/8 corre agregada la documentación presentada por
la contratista, fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a fs.
10/27 documentación relacionada con la ejecución de la obra
que se trata, de la que se desprende que la adjudicación se
perfeccionó mediante Resolución N° 728/12 de la Dirección
General de Arquitectura, habiéndose suscripto el contrato
correspondiente con fecha 21/02/13 y replanteándose la misma
con fecha 01/03/2013;
Que a fs. 29 División Certificaciones informa que no se ha
confeccionó Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta;
Que a fs.31 corre agregada copia de la Resolución N° 399/13,
por la que se amplia el plazo de obra hasta el 14 de Junio de
2013;
Que a fs. 33/37, toma participación Sección Costos, elaborando
planilla e informe del que surge que atento lo dispuesto por los
artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto Nº 1133/2010, rectificado por su
similar Nº 1231/2010 y lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP
Nº 013/2011, se verificó una variación de costos a partir del mes
de MAYO/2013 del 8,5721% por lo que se procedió a calcular el
Factor de Redeterminación (Fri) correspondiente verificándose
a partir de dicho mes un porcentaje de variación del 7,71%
habiéndose aplicado los Números Indice publicados men-
sualmente en el ANEXO DEL CUADERNILLO INDEC INFOR-
MA, a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes
anterior al de la fecha de cotización (OCTUBRE/12), resultando
un monto a reconocer a la contratista de $ 16.962,87.-, por lo
que el nuevo presupuesto de obra redeterminado asciende a $
312.173,16. Al pié de fs. 38 las Direcciones de Jurisdicción de
Planificación y Proyectos y de Obras, Licitaciones y Contrataciones
propician la continuidad del Trámite;
Que a fs. 39, mediante Dictamen N° 506/2013, División Jurídica
expresa que conforme las actuaciones agregadas en autos y el
referido análisis de fs.33/37 elaborado por la Sección Costos, no
existe objeción de orden jurídico formal para proceder a la
Redeterminación solicitada;
Que respecto del análisis técnico y contable, ese Servicio Asesor
no abre juicio por cuanto escapa al ámbito de su competencia;
Que por lo expuesto, las disposiciones del Decreto N° 1133/10
y 1231/10, puede el Sr. Director General proceder en el marco
del presente pronunciamiento haciendo lugar a la Rede-
terminación de que se trata;
Que a fs. 40/42 obra Acta Acuerdo por Redeterminación de
Precios, suscripta entre el Señor Director General de Arquitectura
y la Empresa ARVOX S.R.L., con fecha 12/08/2013;
ATENTO ELLO
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- APROBAR el Acta Acuerdo por Redeter-
minación de Precios por Variación de Costos, correspondiente al
mes de MAYO/2013 de la obra: “Cerramiento en caja de escalera,
colocación tejido en alcones de Planta Alta, reparación de juntas
estructurales y cubierta de techos, reparaciones varia e instalación
eléctrica del edificio que ocupa el I.P.E.M. N° 346, ubicado en
calle Bolivia esq. Américo Aguilera - B° Parque Casino de la
localidad de Alta Gracia - Departamento Santa María - Provincia
de Córdoba”, suscripta entre el Señor Director General de
Arquitectura y la Empresa ARVOX S.R.L., obrante a fs. 40/42, la
que a los efectos pertinentes forma parte de la presente
Resolución como Anexo I, compuesta de TRES (3) fojas,
consecuentemente autorizar la inversión de la suma de PESOS
DICISEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON
OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 16.962,87.), para atender
la diferencia a abonar por dicho concepto a la mencionada
Empresa, conforme las razones expresadas en considerandos
que se dan por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2º.- IMPUTAR el egreso conforme lo indica la
Dirección de Administración del Ministerio de Infraestructura en
Nota de Pedido Nº 2013/001826 (fs. 45) - Programa 506 - 005 -
PARTIDAS 12.06.00.00 - Obras Ejecución por Terceros del P.V.-
ARTICULO 3°.- PROTOCOLICESE, Intervenga Dirección de
Administración del Ministerio de Infraestructura, tome razón el
Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese en el
Boletín Oficial y PASE a la Jefatura de Área Inspecciones y
Certificaciones, a sus efectos.-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_10_r767.pdf
Resolución N° 175
Córdoba, 19 de Marzo de 2014
EXPEDIENTE N* 0047-015885/2011 - REFERENTE Nº 1.-
VISTO este Referente en el que a fs. 2 mediante Nota de fecha
27 de Noviembre 2012 presentada por la Firma LOPEZ
GUSTAVO ERNESTO, contratista de la obra: "Construcción
Pozos absorbentes, sangrías, instalaciones sanitarias y desagues
pluviales en el edificio de la ESCUELA JUAN JOSE PASO,
ubicado en calle San Martín N° 720 - La Calera - Departamento
Colón - Provincia de Córdoba", solicita Redeterminación de
Precios de la mencionada obra en el marco de las disposiciones
del Decreto N° 1133/10 rectificado por su similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 5/7 y 24, la contratista presenta documentación
fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a
fs. 10/23 documentación relacionada con la ejecución de la
obra que se trata, de la que se desprende que la adjudicación
se perfeccionó mediante Resolución N° 385/12 de la Dirección
General de Arquitectura, habiéndose suscripto el contrato
correspondiente con fecha 24/10/12, replanteándose la
misma el 11/12/2012;
Que a fs. 26 División Certificaciones informa que no se ha
confeccionado Certificado Extraordinario de pago a Cuenta;
Que a fs. 30/42, toma participación Sección Costos,
elaborando planilla e informe del que surge que atento lo
dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto Nº 1133/
2010, rectificado por su similar Nº 1231/2010 y lo dispuesto
por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se verificó una
variación de costos a partir del mes de ENERO/12 del
10,07%, al mes de ABRIL/2012 del 7,46% y al mes de
AGOSTO/12 del 9,58% por lo que se procedió a calcular el
Factor de Redeterminación (Fri), verificándose una primera
variación de costos a partir del mes de ENERO/2012, con
un porcentaje del 9,07% habiéndose aplicado los números
índices publicados mensualmente en el Anexo del Libro
INDEC informa, a valores del mes anterior a dicha fecha y a
valores del mes anterior al de la fecha de Cotización
(AGOSTO/2011). A continuación se constató una segunda
variación de costos a partir del mes de ABRIL/2012 con un
porcentaje del 6,71%, utilizándose idéntica metodología a la
detallada precedentemente, con valores del mes anterior a
dicha fecha y valores del mes anterior a ENERO/2012.
Seguidamente se verificó una tercera variación de costos a
partir del mes de AGOSTO/2012, con un porcentaje del
8,63%, utilizándose idéntica metodología a la detallada
precedentemente, con valores del mes anterior a dicha fecha
y a valores del mes anterior a ABRIL/2012, resultando un
monto a reconocer a la contratista por dicho concepto de $
49.472,72., por lo que el nuevo presupuesto de obra re
determinado asciende a $ 236.676,80.Al pié de fs. 43 las
Direcciones de Planificación y Proyectos y de Obras,
Licitaciones y Contrataciones propician la continuidad del
Trámite;
Que a fs. 44, mediante Dictamen N° 871/2013, División
Jurídica expresa que conforme las actuaciones agregadas
en autos y el referido análisis de fs.30/42 elaborado por
Sección costos, no existe objeción de orden jurídico formal
para proceder a la Redeterminación solicitada;
Que respecto de los análisis técnico y contable y el
procedimiento de cálculo, ese Servicio Asesor no abre juicio
por cuanto escapa al ámbito de su competencia;
Que por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos
Provincial N° 1133/10 y 1231/10 y en virtud de las facultades
conferidas por Dcto 2773/11, puede el Sr. Director dictar
Resolución aprobando lo actuado y haciendo lugar a la
Redeterminación de Precios solicitada;
Que a fs. 45/49 obra Acta Acuerdo por la Redeterminación de
Precios, suscripta entre el Señor Director General de Arquitectura
y la Empresa Unipersonal LOPEZ, GUSTAVO ERNESTO, con
fecha 06/12/2013;
ATENTO ELLO
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1º. APROBAR el Acta Acuerdo por Redeter
minación de Precios por Variaciónes de Costos, correspondiente
a los meses de ENERO/12 ABRIL/2012, AGOSTO/2012, de la
obra: "Construcción Pozos absorbentes, sangrías, instalaciones
sanitarias y desagues pluviales en el edificio de la ESCUELA
JUAN JOSE PASO, ubicado en calle San Martín N° 720 - La
Calera - Departamento Colón - Provincia de Córdoba", suscripta
entre el Señor Director General de Arquitectura y la Empresa

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