Resolución N° 657

EmisorDirección Provincial de Vialidad
Fecha de la disposición 2 de Octubre de 2013
CÓRDOBA, 3 de setiembre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVI - Nº 147 Primera Sección 11
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por
el Departamento Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la
Ley N° 8555 y las previsiones de la Resolución N° 133/01;
EL DIRECTORIO DE LA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- Autorizar, con carácter precario, a la Empresa
Distribuidora de Gas del Centro S.A. (ECOGAS), a utilizar zona de
camino, para que por su cuenta y cargo, proceda a ejecutar los
trabajos correspondientes a un cruce subterráneo de un gasoducto
de acero de D°51mm. esp. 3,18mm. Norma API 5L X42 con
conexión al gasoducto existente bajo calzada, carril oeste, de la
Ruta Provincial E-53 (Avenida La Voz del Interior), Prog. Km.
1,962, en la localidad de Córdoba, Departamento Capital, para la
provisión de gas natural a Industrias Firenze S.R.L. (Plano
DC04404/000), a través de la Contratista “RAM S.R.L.”, bajo las
condiciones establecidas en la Resolución N° 0133/01 y las que a
continuación se detallan:
a) Las obras se construirán de acuerdo a planos y
especificaciones de la última revisión incorporada en Nota
DPV283575045613.-
b) Las obras podrán realizase a cielo abierto, por lo que el
suelo de tapada se deberá compactar con equipos adecuados en
capas no superiores a 0,20m. de espesor y a una densidad igual
al 95% del Ensayo Proctor correspondiente a la norma V.N.-E.5-
93, para posteriormente reponer en todas sus características las
estructuras existentes, banquinas y/o veredas, cordón cuneta y
préstamos a sus condiciones actuales.-
c) Se deberá disponer en obra a fin de evitar accidentes
mientras se realicen los trabajos y hasta su conclusión, de la
adecuada señalización diurna y nocturna en un todo de acuerdo al
Pliego General de Especificaciones para el Mantenimiento del
Tránsito y Medidas de Seguridad.-
d) Los trabajos se ejecutarán a exclusiva cuenta y cargo de la
Empresa Distribuidora de Gas del Centro S.A. (ECOGAS).-
e) La Dirección Provincial de Vialidad queda liberada de toda
responsabilidad por daños ocasionados a terceros y/o a la Dirección
misma, debiendo la Empresa Distribuidora de Gas del Centro S.A.
(ECOGAS) tomar todas las medidas necesarias para asegurar el
libre y seguro tránsito.-
f) Se comunicará a la Concesionaria y con la debida
anticipación, la fecha de inicio y fin de las obras, a efectos de realizar
las inspecciones correspondientes.-
g) Cuando las necesidades de esta Dirección así lo requieran
y a su exclusivo juicio, la Empresa Distribuidora de Gas del Centro
S.A. (ECOGAS) procederá a remover y/o retirar por su exclusiva
cuenta y cargo las instalaciones especificadas, dentro del plazo que
a tal fin se establezca, y renunciando a todo derecho que por
cualquier concepto pudiere corresponderle.-
ARTÍCULO 2°.- El Departamento I Conservación de Pavimentos
será el encargado de solicitar a la peticionante la prórroga de la
Póliza por Responsabilidad Civil presentada si fuere necesario.-
ARTÍCULO 3°.- Autorizar al Departamento I Administración y
Personal a devolver y/o ejecutar, finalizado el período de garantía,
las pólizas que en oportunidad de la solicitud fueran presentadas.-
ARTÍCULO 4°.- Dejar establecido que el Departamento I
Conservación de Pavimentos deberá llevar un registro de este tipo
de autorizaciones para ser insertado en el inventario respectivo.-
ARTÍCULO 5°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al
Departamento II Secretaría General.-
ING.RAÚL BERTOLA
PRESIDENTE
CR. CARLOS A. PEREZ
VOCAL
Resolución N° 657
Córdoba, 2 de Octubre de 2013
VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales se eleva
para su aprobación el Acta de Asamblea General Ordinaria de
fecha 26 de Junio de 2013, del Consorcio Caminero N° 416, Villa
Sarmiento, referida a la renovación parcial de los miembros de
Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, en
cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Provincial N° 6233.
Y CONSIDERANDO:
Que del Acta acompañada en autos e informe del Departamento I
Conservación Caminos de Tierra, surge que el referido Consorcio
Caminero ha procedido a la renovación parcial de las autoridades
antes referidas.
Que la Comuna de Villa Sarmiento mediante Resolución Nº 244/
13, designa al Señor Fermín BOLOQUY, DNI. N° 07.363.411,
para ocupar el cargo de 4º Vocal en el Consorcio antes aludido.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N° 577/13
que luce en autos, señala que conforme a lo expuesto no tiene
objeción jurídico formal que formular, por lo que de así estimarlo la
Superioridad, puede prestarse aprobación a la documentación
indicada supra, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N°
8555 Art. 3° inc. e), en concordancia con lo dispuesto por las Leyes
N° 6233 y N° 8030.
POR ELLO, atento los informes producidos, lo dictaminado por
el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por
la Ley Provincial N° 8555 y las previsiones de la Ley N° 6233;
EL DIRECTORIO DE LA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Acta N° 054, correspondiente a
la Asamblea General Ordinaria del Consorcio Caminero N° 416,
Villa Sarmiento, efectuada el día 26 de Junio de 2013, referida a
la renovación parcial de los miembros de la Comisión Directiva y
Comisión Revisora de Cuentas de dicho Consorcio, cuyos
mandatos regirán a partir de la fecha de la presente Resolución
y por el término de cuatro (4) años, de acuerdo al siguiente
detalle:
Presidente: Tomás U. RECARTE . . . . . . DNI. N° 25.555.974
Secretario: Carlos RECARTE . . . . . . . DNI. N° 24.974.281
3° Vocal : José PERKINS . . . . . . . . DNI. N° 21.843.046
4° Vocal (Pers. de Rep. Nec. de la Comuna de Villa Sarmiento
s/ Resolución N° 244/2013): Fermín BOLOQUY . . . . . . . DNI. N°
07.363.411
1º Rev.de Cuentas: Andrés ESCUDERO . . . DNI. N°
13.561.455
2º Rev.de Cuentas: Bruno CINEL . . . . . DNI. N° 30.227.363
ARTÍCULO 2°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y
pase al Departamento II Secretaría General.-
ING. RAÚL BERTOLA
PRESIDENTE
ARMANDO F. SCHIAVONI
VOCAL

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