Resolución N° 53
Emisor | Secretaría de Recursos Hídricos y Coordinación |
Fecha de la disposición | 17 de Marzo de 2014 |
CÓRDOBA, 7 de julio de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIV - Nº 106 Primera Sección 5
Artículo 7º.- La Secretaría de Recursos Hídricos y
Coordinación, otorga al propietario del Lavadero de
Automóviles un plazo de 30 (treinta) días, contados a partir
de su notificación, para la construcción de las Cámaras de
muestreo y medición de caudales, según las especificaciones
establecidas en el Anexo II del Decreto N°:415/99.-
Artículo 8º.- El establecimiento de propiedad del Sr. LUIS
MARCELO FOROPON, deberá llevar planillas de registro
de extracción de líquidos, sólidos y barros, generados en la
limpieza de las unidades de tratamiento de los efluentes
líquidos cloacales e industriales. En dichas planillas deberá
constar el nombre de la empresa que preste el servicio, la
fecha de la operación, los volúmenes extraídos y el destino
final de los mismos. Esta documentación deberá estar a
disposición de la Secretaría de Recursos Hídricos y
Coordinación, cuando sean requeridas.-
Artículo 9º.- Al vencimiento del actual Contrato de Locación,
el recurrente deberá presentar fotocopia autenticada del
nuevo contrato que se realice.- “10.- En caso de verificarse el
incumplimiento a lo exigido en la presente, se dará de baja a la
Autorización precaria y se aplicarán las sanciones legales, que
les pudiere corresponder, previstas en el Código de Aguas de la
Provincia de Córdoba.-
Artículo 11º.- Comprobado el cumplimiento de lo expresado
en los artículos de la presente Resolución, como así mismo las
pautas establecidas en el Decreto N°: 415/99 y su modificatoria
realizada a través del Decreto N°: 2711/01, se otorgará la
AUTORIZACIÓN CONDICIONAL de descarga de efluentes
líquidos tratados, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en los
Decretos precedentemente mencionados.-“12.- Se deja
constancia que, cuando la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba
u otro organismo o empresa autorizada, proceda al tendido de la
red cloacal en la zona, el establecimiento de propiedad del Sr.
LUIS MARCELO FOROPON, deberá proceder a conectar los
líquidos residuales a dicha red, cegando el Pozo Absorbente
que se deje de usar e informando de tal situación en tiempo y
forma a la Secretaría de Recursos Hídricos Y Coordinación.-
Artículo 13º.- El propietario del Lavadero de Automóviles,
deberá pagar anualmente a la Provincia el Canon de uso del
cuerpo receptor, establecido en el Decreto N° 415/99 y su
modificación efectuada a través del Decreto N° 2711/01, el cual
de acuerdo a los valores vigentes asciende a la suma de $
2.925,0 (Pesos Dos mil novecientos veinticinco). Del primer
período que se facture, una vez producida el alta como Usuario
de Desagües Industriales, se descontará la suma de $ 1.012,50
(Pesos Un mil doce con cincuenta centavos).-
Artículo 14º.- La Secretaría de Recursos Hídricos y
Coordinación informa al recurrente, la vigencia del Artículo 9.32
del Decreto 415/99.-
Artículo 15°.- La Secretaría de Recursos Hídricos y
Coordinación, se reserva el derecho de determinar la caducidad
de la autorización o de exigir el cambio de destino de los efluentes
líquidos, así como la modificación y/o ampliación de las exigencias
para la descarga, cuando las condiciones de éstos o del cuerpo
receptor así lo hagan necesario. Considerando las circunstancias
del caso, se podrá llegar hasta determinar la prohibición de
vuelco de los efluentes líquidos al subsuelo y/o la clausura de las
instalaciones de vertido.-
Artículo 16º.- Los daños que se generen a terceros, cosas o
bienes, originados a causa del sistema optado para el tratamiento,
el inadecuado o falta de mantenimiento de las unidades que
componen este sistema y la disposición final de los efluentes
líquidos, serán de exclusiva responsabilidad del propietario del
establecimiento en cuestión.-
Artículo 17º.- Los criterios anteriores no invalidan otras
exigencias de los restantes Organismos Oficiales de la Provincia
con competencia en materia ambiental.-
Artículo 18º.- PROTOCOLÍCESE. Notifíquese al Lavadero
de Automóviles de propiedad del Sr. LUIS MARCELO FOROPON
ubicado en Av. Rafael Núñez N°: 3726, al Profesional interviniente,
Arquitecto Diego Tristán Silva, con domicilio en calle Gregorio
de La Ferrere del B° Tablada Park y a la SECRETARIA DE
AMBIENTE. Dése intervención a las siguientes Areas:
RECAUDACION, EXPLOTACION DEL RECURSO, RECUR
SOS HÍDRICOS y PRESERVACIÓN Y CONTROL DEL
RECURSO, respectivamente a los efectos que hubiere lugar.
Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.-
ING. EDGAR MANUEL CASTELLÓ
SECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS Y COORDINACIÓN
Resolución N° 50 Córdoba,17 de marzo de 2014
VISTO el Expediente Nº 0416-061060/10 Anexo 4 por el cual
se tramita la aprobación de las Actas de Recepción Provisional y
Recepción Definitiva de la Obra: "ILUMINACIÓN DIQUE CRUZ
DEL EJE - LOCALIDAD CRUZ DEL EJE - DEPARTAMENTO
CRUZ DEL EJE", cuya Contratista es la Empresa Constructora
GIECO INGENIERÍA Y ASOCIADOS S.A.-
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 42 obra Acta de Recepción Provisional suscripta con
fecha 30-08-2011 y a fs. 52 obra Acta de Recepción Definitiva
suscripta con fecha 12-09-2012 de la obra de que se trata, ad
referéndum de la autoridad competente.-
Que en consecuencia la Recepción Provisoria suscrita, se
encuadra en lo que dispone tanto el Art. 51º de la Ley de Obras
Públicas N° 8614 como el Art 79º del Decreto Reglamentario N°
4758/77; reflejo de las mismas en el Art. 58º del Pliego Particular
de Condiciones obrante en autos; en consecuencia, se devuelva
la Garantía de ejecución del contrato oportunamente constituida
en poder de la Tesorería de esta Secretaría.-
Que el Acta de Recepción Definitiva referenciada se encuadra
en lo previsto por el Art. 53º de la Ley Provincial de Obras
Públicas N° 8614 y Art. 81º del Decreto Nº 4758/77.-““
POR ELLO, Dictamen Nº 012/14 del Área de Asuntos Legales
obrante a fs. 60 y facultades conferidas por la Ley Nº 8548;
EL SEÑOR SECRETARIO DE
RECURSOS HÍDRICOS Y COORDINACIÓN
RE S U E L V E
Artículo 1º.-APROBAR el Acta de Recepción Provisional
obrante a fs. 42, suscripta con fecha 30 de Agosto de 2011 y el
Acta de Recepción Definitiva obrante a fs. 52, suscripta con fecha
12 de Septiembre de 2012, correspondientes a la obra:
"ILUMINACIÓN DIQUE CRUZ DEL EJE - LOCALIDAD CRUZ
DEL EJE - DEPARTAMENTO CRUZ DEL EJE", cuya Contratista
es la Empresa GIECO INGENIERÍA Y ASOCIADOS S.A.-
Artículo 2º.- AUTORIZAR la devolución a la Empresa contratista
de las Pólizas de Garantía de Ejecución de Contrato, del Anticipo
Financiero como del Fondo de Reparo, oportunamente retenido
de acuerdo a Pliegos de la obra y legislación vigente.-
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE. Publíquese en el Boletín
Oficial. Pase al DEPARTAMENTO OBRAS DE INGENIERÍA para
su conocimiento y Notificación a la Contratista.-
ING. EDGAR MANUEL CASTELLÓ
SECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS Y COORDINACIÓN
Resolución N° 51 Córdoba,17 de marzo de 2014
VISTO el Expediente Nº 0416-001680/12 Anexo 13 en el cual
la Empresa VADIEG SA., contratista de la Obra:
"COMPLETAMIENTO DEFENSA COSTANERA MIRAMAR -
DEPARTAMENTO SAN JUSTO" y que fueran consensuadas
con la Empresa ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS
SOCIEDAD ANONIMA, presenta Póliza de Seguro de Caución
en Sustitución de Fondo de Reparo.-
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 3/6 obra Póliza Nº 703.164 por la suma de PESOS
CIENTO TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIECISEIS ($
132.516,00) en sustitución del Fondo de Reparo por el Monto
Total de la Obra.-
Que la Póliza presentada reúne los requisitos formales
necesarios para su validez, atento lo dispuesto por los Arts. 59º
y 22º inc. "d" de la Ley de Obras Públicas Nº 8614, Art. 43º del
Dcto. Reglamentario Nº 4757/77, habiendo cumplido la Empresa
Aseguradora con el Dcto. Nº 3925/69 (B.O.30/08/1969),
constituyendo domicilio en la ciudad de Córdoba.-
POR ELLO, Dictamen Nº 004/14 de Área de Asuntos Legales
obrante a fs. 13 y facultades conferidas por la Ley Nº 8548;
EL SEÑOR SECRETARIO DE
RECURSOS HÍDRICOS Y COORDINACIÓN
R E S U E L V E
Artículo 1º.- APROBAR la Póliza de Seguro de Caución en
Garantía de sustitución de Fondo de Reparo Nº 703.164, por la
suma de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS
DIECISEIS ($ 132.516,00), con vigencia a partir del día 6 de
Diciembre de 2013 como medio para sustituir las retenciones en
tal concepto, correspondiente al Monto Total de la Obra:
"COMPLETAMIENTO DEFENSA COSTANERA MIRAMAR -
DEPARTAMENTO SAN JUSTO", que ha sido presentada por la
Empresa VADIEG S.A.-
Artículo 2º.-PROTOCOLÍCESE. Publíquese en el Boletín
Oficial. Pase al Departamento Obras de Ingeniería para que
remita el original de las Pólizas que se aprueban precedentemente
al Sector Tesorería para su reserva y copia autenticada a donde
correspondiere.-
ING. EDGAR MANUEL CASTELLÓ
SECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS Y COORDINACIÓN
Resolución N° 53 Córdoba,17 de marzo de 2014
VISTO el Expediente Nº 0416-029218/11 por el cual se tramita
la aprobación de las Actas de Recepción Provisional y Recepción
Definitiva de la Obra: "LIMPIEZA DEL RÍO SUQUÍA AGUAS
ABAJO DEL PUENTE LOS CAROLINOS - DEPARTAMENTO
CAPITAL", cuya Contratista es la Empresa PINTURAS
CAVAZZON S.R.L.-
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 150 obra Acta de Recepción Provisional suscripta con
fecha 30 de Noviembre de 2011 y a fs. 151 obra Acta de Recepción
Definitiva suscripta con fecha 10 de Enero de 2012 de la obra de
que se trata, ad referéndum de la autoridad competente.-
Que en consecuencia la Recepción Provisoria suscrita, se
encuadra en lo que dispone tanto el Art. 51º de la Ley de Obras
Públicas N° 8614 como el Art 79º del Decreto Reglamentario N°
4758/77; reflejo de las mismas en el Art. 58º del Pliego Particular
de Condiciones obrante en autos; en consecuencia, se devuelva
la Garantía de ejecución del contrato oportunamente constituida
en poder de la Tesorería de esta Secretaría.-
Que el Acta de Recepción Definitiva referenciada se encuadra
en lo previsto por el Art. 53º de la Ley Provincial de Obras
Públicas N° 8614 y Art. 81º del Decreto Nº 4758/77.-
POR ELLO, Dictamen Nº 009/14 del Área de Asuntos Legales
obrante a fs. 157 y facultades conferidas por la Ley Nº 8548;
EL SEÑOR SECRETARIO DE
RECURSOS HÍDRICOS Y COORDINACIÓN
R E S U E L V E
Artículo 1º.-APROBAR el Acta de Recepción Provisional
obrante a fs. 150, suscripta con fecha 30 de Noviembre de 2011
y el Acta de Recepción Definitiva obrante a fs. 151 suscripta con
fecha 10 de Enero de 2012, correspondientes a la obra:
"LIMPIEZA DEL RÍO SUQUÍA AGUAS ABAJO DEL PUENTE
LOS CAROLINOS - DEPARTAMENTO CAPITAL", cuya
Contratista es la Empresa PINTURAS CAVAZZON S.R.L.-
Artículo 2º.- AUTORIZAR la devolución a la Empresa contratista
de la Garantía de Ejecución de Contrato oportunamente retenido
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