Resolución N° 51

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2014
CÓRDOBA, 26 de marzo de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXC - Nº 39 Primera Sección 3
Resolución N° 51
Córdoba, 20 de Marzo de 2014
VISTO: El expediente Nº 0682-002959/
2014, por el que se tramita la ampliación
transitoria del Fondo Permanente “E” -
REGIÓN SUR- de la Delegación Río Cuarto
del Ministerio de Gestión Pública.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo faculta la Resolución Minis-
terial N° 341/09, la Secretaría de
Administración Financiera autorizó la
ampliación transitoria solicitada mediante
Memorandum Nº 002/14.Que lo actuado debe
ser ratificado a nivel ministerial, previo a la
rendición de cuentas.
Que no existe objeción técnica a lo actuado.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
prescripto en el Artículo 1° de la Resolución
Ministerial N° 341/09, lo informado por la
Dirección General de Tesorería y Crédito
Público a fs. 13 y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de este
Ministerio al Nº 078/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- RATIFICAR la ampliación
transitoria por PESOS DOSCIENTOS MIL ($
200.000.-) del Fondo Permanente “E” -
REGIÓN SUR- correspondiente al Servicio
Administrativo de la Delegación Río Cuarto
del Ministerio de Gestión Pública, autorizada
mediante Memorandum Nº 002/14 de la
Secretaría de Administración Financiera, el que
como Anexo I con una (1) foja útil forma parte
integrante de la presente Resolución y
materializada mediante Documento Único de
Ejecución de Erogaciones Nº 1 - Intervención
Nº 8, Ejercicio 2014, emitido por la Dirección
General de Administración de la Delegación
Río Cuarto del citado Ministerio, que como
Anexo II con una (1) foja útil, forma parte
integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, a Contaduría General de la
Provincia, a la Dirección General de Tesorería
y Crédito Público, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_08_r51.pdf
Resolución N° 53
Córdoba, 20 de Marzo de 2014
VISTO: El expediente Nº 0180-017335/2013,
en que se propicia la transferencia definitiva
de equipamiento informático perteneciente al
Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, a
favor de la Facultad de Ciencias Exactas,
MINISTERIO DE
FINANZAS
Físicas y Naturales de la Universidad Nacional
de Córdoba para su Programa de Reciclado
de Computadoras.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 18/19 obra copia certificada del
Acuerdo Nº 122 Serie “C” de fecha 1° de julio
de 2013 del Tribunal Superior de Justicia por
el que se declara en estado de rezago el
equipamiento informático detallado en el Anexo
Único que forma parte de dicho Acuerdo.Que
a fs. 36/38 obra constancia de publicación en
el Boletín Oficial, del ofrecimiento estipulado
en el Artículo 131 inciso 3 de la Ley N° 7631.
Que a fs. 64/65 obra copia certificada del
Acuerdo N° 166 Serie “C” de fecha 26 de
agosto de 2013 del Tribunal Superior de
Justicia, mediante el cual se autorizó la entrega
de los mencionados equipos informáticos a la
Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Natu-
rales de la Universidad Nacional de Córdoba
para su Programa de Reciclado de
Computadoras.
Que a fs. 55/56 consta Acta de Entrega y
Anexo, con el detalle de los equipos
informáticos entregados en calidad de
donación a la citada Universidad.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
prescripto por el artículo 131 del Decreto Nº
525/95 Reglamentario de la Ley Nº 7631 y
Resolución Nº 04/11 de la Secretaría de
Administración Financiera, lo informado por
Contaduría General de la Provincia al Nº 10-
41/14 y de acuerdo con lo dictaminado por el
Área Legales de este Ministerio al Nº 072/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- TRANSFERIR sin cargo a
la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA
(FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS,
FÍSICAS Y NATURALES -LABORATORIO
DE INVESTIGACIÓN APLICADA Y
DESARROLLO (L.I.A.D.E.)-, para el
Programa de Reciclado de Computadoras, los
bienes informáticos detallados en las Planillas
que como Anexo I con once (11) fojas útiles,
forman parte integrante de la presente
Resolución y que fueran declarados en
condición de desuso a través del Acuerdo Nº
122 Serie “C” de fecha 1° de julio de 2013 del
Tribunal Superior de Justicia de la Provincia
de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- El Organismo interviniente
confeccionará la respectiva ficha de “Baja” con
mención del instrumento legal autorizante,
comunicando a Contaduría General de la Provincia
para su desglose.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial
y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_08_r53.pdf
Resolución N° 50
Córdoba, 20 de Marzo de 2014
VISTO: El expediente Nº 0311-001687/2014,
por el que se propicia la adecuación de la
titularidad del Servicio Administrativo a cargo
del Ministerio de Industria, Comercio, Minería
y Desarrollo Científico Tecnológico del Fondo
Permanente “G” -FONDO MINERO PROVIN-
CIAL- del ex Ministerio de Industria, Comercio
y Trabajo, creado por Ley N° 7059.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1387/13 se establece la
nueva estructura orgánica del Poder Ejecutivo,
en el que se crea el Ministerio de Industria,
Comercio, Minería y Desarrollo Científico
Tecnológico.
Que por Resolución Ministerial N° 354/13 se
aprueba la readecuación de la estructura del
Presupuesto General de la Administración Pro-
vincial para el año 2014 - Ley N° 10176 y se
asignan para el citado Ministerio los programas
presupuestarios atendidos por el fondo
permanente cuya adecuación se propicia.
Que conforme lo determina el artículo 63 de
la Ley Nº 9086, es facultad de este Ministerio
otorgar conformidad para el funcionamiento
de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas
que soliciten los Servicios Administrativos,
determinando su régimen y límites al momento
de su creación.
Que no existen objeciones que formular
desde el punto de vista técnico-contable en
relación a la ampliación del Fondo Permanente
solicitado, habiendo efectuado la Dirección
General de Tesorería y Crédito Público la
intervención de su competencia.
Que son atendibles las causales planteadas
por la Jurisdicción requirente en el sentido que
es necesaria la adecuación y ampliación
propiciada para el correcto funcionamiento del
Servicio.
Que resulta prudente en esta instancia
adecuar la denominación de dicho fondo
concordante con el resto de los fondos
permanentes cuyo nombre aparece precedido
por una letra.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
informado por la Dirección General de
Tesorería y Crédito Público a fs. 8 y de acuerdo
con lo dictaminado por el Área Legales de este
Ministerio al Nº 073/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- DISPONER que el Fondo
Minero Provincial, creado por Ley Nº 7059,
pasará a denominarse Fondo Permanente “G”
-FONDO MINERO PROVINCIAL-.
ARTÍCULO 2º.- DISPONER que la
titularidad del Fondo Permanente “G” -
FONDO MINERO PROVINCIAL-,
corresponde al Servicio Administrativo del
Ministerio de Industria, Comercio, Minería y
Desarrollo Científico Tecnológico, al que se le
asigna el monto de PESOS CUATRO
CIENTOS MIL ($ 400.000.-) sin límite para
cada pago, del que será responsable el Titular
del citado Servicio Administrativo.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, a Contaduría General de la
Provincia, a la Dirección General de Tesorería
y Crédito Público, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 49
Córdoba, 20 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0423-105420/2014
por el que se solicita la creación del Fondo
Permanente “E” - AYUDAS ECONÓMICAS Y
BECAS A VICTIMAS Y ASOCIACIONES
RELACIONADAS CON LA TRATA DE PER-
SONAS Y LA EXPLOTACIÓN SEXUAL Y
LABORAL- del Ministerio de Gobierno y
Seguridad.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1387/13 se establece la
nueva estructura orgánica del Poder Ejecutivo
en el que se crea el Ministerio de Gobierno y
Seguridad.
Que por Resolución Ministerial N° 354/13 se
aprueba la readecuación de la estructura del
Presupuesto General de la Administración Pro-
vincial para el año 2014 - Ley N° 10176 y se
asignan para el citado Ministerio los programas
presupuestarios atendidos por el fondo
permanente cuya adecuación se propicia.
Que conforme lo determina el Artículo 63 de
la Ley Nº 9086, es facultad de este Ministerio
otorgar conformidad para el funcionamiento
de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas
que soliciten los Servicios Administrativos,
determinando su régimen y límites al momento
de su creación.
Que no existen objeciones que formular
desde el punto de vista técnico-contable en
relación a la creación del Fondo Permanente
requerido, habiendo efectuado la Dirección
General de Tesorería y Crédito Público la
intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas
por la Jurisdicción requirente en el sentido que
es necesaria la creación propiciada para el
correcto funcionamiento del Servicio.
Que la fuente de financiamiento del Fondo
Permanente “E” cuya creación se propicia está
constituida por rentas generales.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
informado por la Dirección General de
Tesorería y Crédito Público a fs. 10 y de
acuerdo con lo dictaminado por el Área Le-
gales de este Ministerio al Nº 077/14,

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