Resolución N° 456

EmisorDirección general de arquitectura
Fecha de la disposición13 de Junio de 2014
CÓRDOBA, 16 de junio de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIII - Nº 92 Primera Sección 11
por el Dcto. 547/84, que disponga lo reclamado;
QUE a fs. 9 se expide División Jurídica mediante
Dictamen N° 396/2014, expresando que en
cuanto a la petición incoada por el reclamante,
impulsada posteriormente a través del Pronto
Despacho impetrado, ese Servicio advierte que
a tenor de lo prescripto por el vigente Decreto
547/84, las horas ejecutadas fuera del horario
habitual deben ser autorizadas en forma previa
mediante Decreto del Poder Ejecutivo. En idéntico
sentido se ha expedido de Fiscalía de Estado en
sucesivos pronunciamientos, tales como los
numerados 752/07 y 784/05. Reza el primero
de los citados: "El instituto de las horas extras es
de carácter excepcional, de resorte y competencia
exclusiva y excluyente del Poder Ejecutivo de la
Provincia de Córdoba, atento lo normado por el
Decreto N° 547/84, que se encuentra vigente.
Por ello y en razón de que el error o ignorancia
en el derecho resuelta inexcusable y mucho
menos para personas que desarrollan su
actividad de modo concreto y especifico dentro
del ámbito material y espacial en el cual la norma
está destinada a producir efectos, es que ni el
agente público ni sus superiores jerárquicos,
pueden desconocer el trámite legal administrativo
para la autorización de horas extras a realizar
dentro de la Administración Pública Provincial...";
QUE en mérito de lo expuesto y de las
constancias obrantes en autos, no habiendo
acreditado el solicitante que las horas reclamadas
cuentan con el pertinente acto del Poder Ejecutivo
que autorice previamente su realización, esa
Asesoría advierte que el reclamo formulado no
halla sustento jurídico, por lo que en consecuencia
corresponde rechazar la pretensión del Agente
en orden a los fundamentos vertidos;
QUE atento las constancias de autos, Decreto
N° 547/84, Dictámenes de Fiscalía de Estado N°
752/07 y 784/05 y lo dispuesto por Dcto. 2773/
11, puede la Superioridad proceder en el marco
del presente pronunciamiento;
ATENTO ELLO,
EL DIRECTOR GENERAL DE
ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: RECHAZAR el reclamo
administrativo formulado a fs.2 por el agente
OVIEDO, OSMAR REFAEL, - D.N.I. N°
08.008.499 - Clase 1950 - Cargo Jefe de Sección
Deposito - Planta Permanente de esta Dirección
General, por las razones expresadas en
considerandos que se dan por reproducidas en
esta instancia.-
ARTICULO 2°: PROTOCOLICESE,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y PASE
a la Oficina de Personal, a su conocimiento y
efectos.-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Resolución N° 456
Córdoba, 13 de junio de 2014
EXPEDIENTE Nº 0047-003074/2014.-
VISTO este Expediente en el que obran
actuaciones relacionadas con el reclamo
efectuado por el agente Carlos Héctor GODOY,
DNI N° 8.498.064, por el que se solicita el pago
de las horas franco que él invoca como
adeudadas;
Y CONSIDERANDO: QUE obra a fs. 2
reclamo administrativo del agente Carlos Héctor
GODOY, solicitando se le abonen la cantidad de
novecientos cincuenta y nueve (959) horas
franco, que según él refiere habría ejecutado
entre el 01.06.2008 y el 24.05.2013;
QUE toma intervención de su competencia a
fojas 6 la División Jurídica mediante PASE N° 58/
2014, solicitando a la Sección Personal que
informe si las horas reclamadas por el agente
han sido dispuestas por el Decreto del Ejecutivo,
a tenor de lo prescripto por Decreto N° 547/84;
QUE al respecto produce informe a fojas 7
Sección Personal, señalando que no obran
antecedentes relativos a la autorización del Poder
Ejecutivo mediante Decreto pertinente, para la
realización de horas fuera de la jornada normal;
QUE se expide a fojas 8 División Jurídica
mediante Dictamen N° 395/2014, señalando que
advierte que a tenor de lo prescripto por el vigente
Decreto del Ejecutivo N° 547/84, las horas
ejecutadas fuera del horario habitual deben de
ser autorizadas en forma previa por Decreto del
Poder Ejecutivo.
QUE sigue señalando el Servicio Jurídico
asesor en el citado pronunciamiento que en
idéntico sentido se ha expedido Fiscalía de Estado
en sucesivos pronunciamientos, identificados
como 752/07 y 784/05, el primero de los cuáles
reza: "el instituto de las horas extras es de carácter
excepcional, de resorte y competencia exclusiva
y excluyente del Poder Ejecutivo de la Provincia
de Córdoba, atento lo normado por el Decreto
N° 547/84, que se encuentra vigente. Por ello, y
en razón de que el error o ignorancia en el
derecho resulta inexcusable, y muchos menos
para personas que desarrollan su actividad de
modo concreto y específico dentro del ámbito
material y especial en el cual la norma está
destinada a producir efectos, es que ni el agente
público ni sus superiores jerárquicos, pueden
desconocer el trámite legal administrativo para la
autorización de horas extras a realizar dentro de
la Administración Pública Provincial...";
QUE concluye ese Servicio Jurídico que a
mérito de lo expuesto y no contando las horas
reclamadas por el agente con acto del Poder
Ejecutivo que autorice previamente su realización,
el reclamo formulado no halla sustento jurídico,
por lo que en consecuencia corresponde
rechazar la pretensión del Agente;
QUE atento las constancias de autos, Decreto
N° 547/84, Dictámenes Fiscalía de Estado 752/
07 y 784/05, y en uso de sus atribuciones
conferidas por Decreto N° 2773/2011,
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE
ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: RECHAZAR el reclamo
articulado por el agente Carlos Héctor GODOY,
DNI N° 8.498.064, Clase 1950, Cargo Oficio
006, personal de Planta Permanente que cumple
funciones en el Departamento Obras por
Administración de esta Dirección General de
Arquitectura, por las razones expresadas en
consideandos las que se dan por reproducidas
en esta instancia.-
ARTÍCULO 2°: PROTOCOLÍCESE, NOTIFI
QUESE, PUBLIQUESE en el Boletín Oficial y
PASE a la Sección Personal a su conocimiento y
efectos.-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Resolución N° 156 Córdoba, 13 de junio de 2014
VISTO: el Expediente Nº 0423-106822/2014 del registro del Ministerio de Gobierno y Seguridad.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la autorización para el llamado a Licitación Pública a fin de contratar la adquisición de quince (15)
camionetas doble cabina, de las cuales ocho (08) deben ser doble tracción (4x4) y siete (07) tracción simple (4x2), con destino a la Subsecretaría
de Gestión de Riesgo dependiente del Ministerio de Gobierno y Seguridad, con un presupuesto oficial de Pesos Cuatro Millones Ciento Cincuenta
y Dos Mil ($4.152.000,00).
Que obra la presentación efectuada por el señor Subsecretario de Gestión de Riesgo propiciando la presente adquisición, consignando la
necesidad de contar con los vehículos solicitados para atender cuestiones operativas.
Que se incorporan los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas.
Que se adjunta Nota de Pedido N° 2014/000242, por el monto total de Pesos Cuatro Millones Ciento Cincuenta y Dos Mil ($4.152.000,00), importe
en que se estima ascenderá la presente contratación.
Que la presente convocatoria a Licitación Pública, deberá ser publicada en el Boletín Oficial durante tres (03) días, conforme a las previsiones de
los artículos 7.1.1.2 y 16 del Decreto N° 305/2014 e insertarse en el sitio web oficial del Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Que la gestión que por estos actuados se promueve, encuadra en las disposiciones del artículo 11 de la Ley N° 10.155, y los pliegos acompañados
resultan ajustados a las previsiones del artículo 7.1.1.1 del Decreto N° 305/2014, Reglamentario de la citada Ley.
Por ello, normativa citada y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de éste Ministerio bajo el N° 319/2014
EL MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
R E S U E L V E
Artículo 1º.- AUTORÍZASE el llamado a Licitación Pública, a fin de contratar la adquisición de quince (15) camionetas doble cabina, de las cuales
ocho (08) deben ser doble tracción (4x4) y siete (07) tracción simple (4x2), con destino a la Subsecretaría de Gestión de Riesgo dependiente de este
Ministerio, en base a los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas que como Anexo I y Anexo II,
compuestos de diecinueve (19) y dos (2) fojas útiles respectivamente, se acompañan y forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- AUTORÍZASE a la Dirección de Jurisdicción de Administración Financiera de esta Cartera Ministerial a fijar la fecha del presente
llamado y a determinar día y hora de apertura de sobres.
Artículo 3°.- IMPÚTASE la suma de Pesos Cuatro Millones Ciento Cincuenta y Dos Mil ($ 4.152.000,00), que se estima invertir en la presente
licitación, con cargo a Jurisdicción 1.10, Programa 764-000, Partida 11.02.03.00 - Medios de Transporte Terrestre - del Presupuesto Vigente,
conforme a Nota de Pedido N° 2014/000242.
Artículo 4º.- EFECTÚENSE las publicaciones de Ley en el Boletín Oficial de la Provincia durante tres (03) días, conforme a las previsiones de los
artículos 7.1.1.2 y 16 del Decreto N° 305/2014, e INSERTESE en el sitio web oficial del Gobierno de la Provincia www.cba.gov.ar
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración Financiera del Ministerio de Gobierno y
Seguridad, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
WALTER E. SAIEG
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/resol_156_ANEXO.pdf
MINISTERIO DE
GOBIERNO Y SEGURIDAD

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